Ayudas “1.ª convocatoria de ayudas LEADER en el Valle del Ambroz ELDP 2014-2020 para inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas”.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S13546/17

Norma:

DECRETO 184/2016, de 22 de noviembre. Mérida, 23 de marzo de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de junio de 2017.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 200.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan dentro del Decreto 184/2016, de 22 de noviembre, por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020, las líneas de ayuda de la Submedida 19.2.

Apoyo para la realización de operaciones conforme a la Estrategia de Desarrollo Local Participativo del Valle del Ambroz correspondiente a “Inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas”.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La Ayuda pública total, hasta un máximo de 200.000 euros por proyecto, se fijará en el 50% del total de
la inversión que se considere subvencionable para PROYECTOS PRODUCTIVOS.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Podrán tener la consideración de beneficiario y/o destinatario final de las subvenciones objeto de la
presente Convocatoria de Ayudas aquellos que vayan a realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión, sin perjuicio de las especificaciones previstas en cada una de las actuaciones de la convocatoria de acuerdo con el programa comarcal de desarrollo rural.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

— Proyectos de nueva creación. Son aquellos que den origen al inicio de una actividad empresarial,
entendiendo como actividad empresarial la que se lleva adelante con el objeto de producir y/o comercializar bienes y/o servicios, toda vez que se generen ingresos, de manera indubitada conllevará la
necesaria creación de nuevo/s puesto/s de trabajo que deberán ser avalados por su correspondiente alta o ampliación de jornada laboral en la Seguridad Social. Los proyectos de nueva creación han de ser necesariamente finalistas, de forma tal que con las inversiones previstas la actividad pueda desarrollarse en toda su integridad.

— Proyectos de ampliación, modernización o mejora Son aquellos que supongan una ampliación de las instalaciones o establecimiento existente o la diversificación de la producción a nuevos productos
adicionales, siempre que incrementen y/o mantengan el nivel de empleo. Los de modernización o mejora llevarán implícito el incremento del nivel de productividad o mejora del nivel de impacto ambiental y que impliquen adquisición de equipos con tecnología avanzada, siempre que incrementen y/o mantengan el nivel de empleo existente.

— Proyectos de traslado, serán aquellos que planteen el desmontaje, traslado y montaje de empresas desde el exterior de la zona de aplicación hasta el interior, o dentro de la propia zona, siempre y cuando realicen nuevas inversiones en activos fijos en el nuevo emplazamiento, que supongan mejora sustancial
en la productividad y/o en la calidad medioambiental, e incrementen y/o mantengan el nivel de empleo.

Documentos asociados

Boletín: 30/11/2016
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 230
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 31/03/2017
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 63
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 31/03/2017
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Documento: Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento