Ayuda temporal y excepcional para los agricultores especialmente afectados por las repercusiones de la invasión de Ucrania, por parte de Rusia, en el marco del Programa de Desarrollo rural del Principado de Asturias 2014-2022.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S15191/23

Norma:

Resolución de 10 de marzo de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de marzo de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Compensar a los titulares de explotaciones del Principado de Asturias que mantengan vacas nodrizas y de explotaciones que ceban terneros en la misma explotación de nacimiento, por las pérdidas sufridas como consecuencia del encarecimiento de las materias primas debido a la guerra en Ucrania.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda será una subvención a tanto alzado en forma de prima por beneficiario, estableciéndose una cuantía máxima de la subvención de acuerdo con la distribución por tramos que se recoge en el apartado 2 de la Base Sexta en función del número de animales de la explotación que cumplen los requisitos para acceder a la ayuda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

Personas físicas, comunidades de bienes, entidades en régimen de titularidad compartida según se establece en la Ley 35/2011, de 4 de octubre, y personas jurídicas que sean titulares de explotaciones ganaderas del Principado de Asturias que cumplan los requisitos indicados en el apartado 2 de la Base Cuarta y resulten acreditados en la forma que se describe en el apartado 3 de dicha base.

Requisitos:

a) Constar de alta a fecha 31 de mayo de 2022, en el Registro general de explotaciones ganaderas (REGA) con el tipo de explotación «Producción y reproducción» o tipo «Pasto». En el primer caso, a nivel subexplotación deberán estar clasificadas como explotaciones de bovino con una clasificación zootécnica de «reproducción para producción de carne», «reproducción para producción mixta».

b) Deberán haber cumplido con la condición de agricultor activo y actividad agraria para la campaña de solicitud única de ayudas PAC 2022, establecida como condición para acceder a las ayudas recogidas en el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

c) Deberán haber mantenido quince (15) o más vacas nodrizas y/o haber cebado al menos tres (3) terneros nacidos en la propia explotación, determinados de acuerdo con las condiciones establecidas para acceder a las ayudas recogidas en la sección 2.ª y en la línea a) del apartado 3 del artículo 63 de la sección 3.ª del capítulo II, título IV del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural para la solicitud única de ayudas PAC campaña 2022.

d) Deberán estar desarrollando alguna actividad de las que a continuación se relacionan, con el objetivo de contribuir a la seguridad alimentaria o a corregir los desequilibrios del mercado:

1. Economía circular.

2. Gestión de nutrientes.

3. Uso eficiente de los recursos.

4. Métodos de producción respetuosos con el medio ambiente y el clima.

Documentos asociados

Boletín: 14/03/2023
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 50
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 14/03/2023
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 50
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento