Ayuda por prestamos a la vivienda del personal del ayuntamiento de Torrelavega.

Código de ayuda:

S01591/13

Norma:

Orden de convocatoria 3/2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/02/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación del contenido, procedimiento de gestión y resolución de las ayudas por préstamos a la vivienda previstas en el artículo 11 del Reglamento regulador de ayudas de acción social del personal al servicio del Ayuntamiento de Torrelavega.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Ayuntamiento de Torrelavega (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

El personal al servicio del Ayuntamiento de Torrelavega incluido en los ámbitos subjetivos de aplicación del Acuerdo Corporación-Funcionarios y Convenio Colectivo del Personal Laboral, en función de la naturaleza jurídica de su relación jurídica con esta Administración, con exclusión del personal al servicio de los organismos autónomos municipales y/o entidades públicas municipales con convenio colectivo propio.

En particular, podrá solicitar la ayuda por préstamos a la vivienda el personal al servicio
del Ayuntamiento de Torrelavega, funcionario de carrera o laboral fi jo, que, en la fecha de
publicación de la presente convocatoria, se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:

a) Servicio activo.

b) Excedencia por cuidado de familiares.

c) Excedencia o suspensión del contrato de trabajo por razón de violencia de género.

En el caso del personal fi jo discontinúo, deberá haberse encontrado en alguna de las precedentes situaciones durante un periodo de seis meses en los nueve inmediatamente anteriores a la fecha de convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Coadyuvar a los gastos derivados de la adquisición de vivienda en el primer supuesto o de los gastos de rehabilitación en el segundo, en los términos establecidos en el Acuerdo Corporación-Funcionarios y Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento de Torrelavega.

Requisitos:

a) Estar en alta en la fecha de publicación en el BOC de la convocatoria de ayudas.

b) Haber prestado servicios durante un tiempo igual o superior a seis meses en el año anterior
a la fecha de publicación de la respectiva convocatoria.

c) Tener cumplido un periodo de prestación de servicios de, al menos, 365 días acumulados
en el Ayuntamiento de Torrelavega.

Documentos asociados

Boletín: 15/01/2013
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 9
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos. Descargar Documento