Ayuda por hectarea para el mantenimiento del cultivo de vides destinadas a la produccion de vinos con denominacion de origen protegida (DOP) , Accion I.3 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S10919/15

Norma:

Resolución de 6 de marzo de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 15 de mayo de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas que han de regir, con carácter general, la ayuda por hectárea para el mantenimiento del cultivo de vides destinadas a la producción de vinos con denominación de origen protegida (DOP), prevista en la Acción I.3 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, cuya última modificación ha sido aprobada por la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión Europea y posteriormente publicitada mediante Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas de 23 de enero de 2014 (BOC nº 21, de 31.1.14).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los importes unitarios de la ayuda, como máximo, ascenderán a:

- Producción no asegurada: 1.485 euros por hectárea.

- Producción asegurada: 1.650 euros por hectárea.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La Acción I.3 establece una ayuda por hectárea cultivada de las vides destinadas a la producción de vinos con denominación de origen protegida (DOP).

Requisitos:

a) Ser titular de una explotación cultivada de vides destinadas a la producción de vinos con denominación de origen protegida, durante la campaña 2015 y en la que se deben haber realizado las labores habituales de cultivo, incluida la recolección.

b) Que sus superficies productivas estén inscritas en el Registro de Viñedos de cualquiera de las Denominaciones de Origen Protegidas de las Islas Canarias.

c) Que las parcelas y/o recintos objeto de solicitud estén debidamente identificados en el Sistema de Información Geográfica determinado en el Reglamento (UE) nº 1306/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 (SIGPAC).

d) Que las parcelas y/o recintos objeto de solicitud se encuentren debidamente inscritos en el Registro Vitícola regulado por el artículo 145 del Reglamento (UE) nº 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) nº 922/1972, (CEE) nº 234/1979, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007.

e) Que se haya efectuado la correspondiente declaración de cosecha de las parcelas y/o recintos objeto de solicitud, conforme a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 436/2009, de la Comisión, de 26 de mayo de 2009, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 479/2008, del Consejo, en lo que respecta al registro vitícola, a las declaraciones obligatorias y a la recopilación de información para el seguimiento del mercado, a los documentos que acompañan al transporte de productos y a los registros que se han de llevar en el sector vitivinícola.

f) En el caso de solicitar el importe de ayuda incrementado por tener la producción asegurada, poseer una póliza suscrita, incluida en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados, en vigor en la campaña por la que solicita la ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 13/03/2015
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 50
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento