Ayuda por estudios curso 2012/2013 del personal del Ayuntamiento.
Código de ayuda:
S24264/13Norma:
Torrelavega, 5 de junio de 2013.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/07/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Contribuir a sufragar los gastos ocasionados a los empleados públicos por los estudios que, con carácter general, cursen ellos o sus hijos que con el convivan y con edades comprendidas entre los cero y los veinticinco años, siempre que, en este caso, los hijos con edades entre dieciocho y veinticinco años no tengan rentas o ingresos superiores al salario mínimo interprofesional.Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Torrelavega (Cantabria)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
El personal al servicio del Ayuntamiento de Torrelavega incluido en los ámbitos subjetivos de aplicación del Acuerdo Corporación-Funcionarios y Convenio Colectivo del Personal Laboral, en función de la naturaleza jurídica de su relación jurídica con esta Administración, con exclusión del personal al servicio de los organismos autónomos municipales y/o entidades públicas municipales con convenio colectivo propio.En particular, podrá solicitar la ayuda por estudios el personal al servicio del Ayuntamiento
de Torrelavega, funcionario de carrera o laboral fi jo, que, en la fecha de publicación de la presente convocatoria, se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
a) Servicio activo.
b) Excedencia por cuidado de familiares.
c) Excedencia o suspensión del contrato de trabajo por razón de violencia de género.
En el caso del personal fijo discontinúo, deberá haberse encontrado en alguna de las precedentes situaciones durante un periodo de seis meses en los nueve inmediatamente anteriores a la fecha de convocatoria.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos por estudios.Requisitos:
El personal funcionario interino y laboral temporal para acceder a esta ayuda deberá cumplirlos siguientes requisitos:
a) Estar en alta en la fecha de publicación en el BOC de la convocatoria de ayudas.
b) Haber prestado servicios durante un tiempo igual o superior a seis meses en el año anterior
a la fecha de publicación de la respectiva convocatoria.
c) Tener cumplido un periodo de prestación de servicios de, al menos, 365 días acumulados en el Ayuntamiento de Torrelavega.
Documentos asociados
Boletín:
26/06/2013
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 121
Documento: Bases, Convocatoria 2012/2013 y Anexos. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 121
Documento: Bases, Convocatoria 2012/2013 y Anexos. Descargar Documento