Ayuda para la destilacion de alcohol para usos de boca establecido en el Reglamento (CE) 479/2008, de 29 de abril, del Consejo, por el que se establece la organizacion comun del mercado vitivinicola - Modificación - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S76137/08

Norma:

Orden de 17-12-2008. Orden de 22/01/2009. Resolucion de 27/10/2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/11/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regulación del régimen de ayuda para la destilación de alcohol para usos de boca, incluida en el programa de apoyo destinado al sector vitivinícola, para las campañas vitícolas 2008/2009 y 2009/2010.
La ayuda se concederá a los viticultores que entreguen su producción a productores de vino de Castilla-La Mancha.

El vino entregado a la destilería deberá ser destilado a más tardar el 31 de julio de la campaña en la que se solicita la ayuda.

El pago se realizará antes de 16 de octubre siguiente a la fecha de presentación de la solicitud, y una vez se haya comprobado el cumplimiento de lo estipulado en esta Orden.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Otras

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda por la destilación de vino para obtención de alcohol para usos de boca se abonará en forma de ayuda por hectárea. Ésta se calculará multiplicando la superficie que se le haya asignado según el procedimiento establecido en el artículo 7, por la cuantía de la ayuda por hectárea fijada en la normativa básica estatal, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo al sector vitivinícola español.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Viticultores.

Requisitos:

Los viticultores deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) haber entregado uva, directa o indirectamente, a un productor de vino localizado en Castilla-La Mancha que cumpla los requisitos indicados en el art. 2 de esta Orden.

b) Haber presentado la declaración de cosecha, correspondiente a la campaña en la que se solicita la ayuda.

c) Figurar en el Registro Vitícola como explotador de las parcelas para las que se solicita la ayuda a fecha 1 de agosto de la campaña en la que se presenta la solicitud.

d) Cumplir la normativa vigente en materia de plantaciones de viñedo para cualquiera de las superficies de viñedo de la explotación.

e) Que la superficie productiva declarada por solicitud sea como mínimo de 0, 3 hectáreas.

El productor de vino deberá cumplir los requisitos establecidos en el art. 3.2 de esta Orden.

Documentos asociados

Boletín: 22/12/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 262
Documento: Regulación y Anexos Descargar Documento
Boletín: 28/01/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 18
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 04/11/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 215
Documento: Convocatoria 2009 y Anexo Descargar Documento