Ayuda económica a las víctimas de violencia de género en Castilla y León prevista en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Código de ayuda:

S36055/21

Norma:

LEY ORGÁNICA 1/2004, de 28 de diciembre. ORDEN FAM/807/2021, de 21 de junio.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento de concesión y abono de la ayuda económica de pago único dirigida a mujeres víctimas de violencia de género que residan en la Comunidad de Castilla y León, carezcan de recursos económicos suficientes y tengan especiales dificultades para obtener un empleo.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de la ayuda regulada en la presente orden las mujeres que reúnan los requisitos.

Requisitos:

a) Ser víctima de violencia de género.

b) No convivir con el agresor.

c) Carecer de rentas que, en cómputo mensual, superen el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

d) Figurar inscritas como demandantes de empleo en el servicio público de empleo y tener especiales dificultades para obtener un empleo.

e) Residir en la Comunidad de Castilla y León.

Documentos asociados

Boletín: 29/12/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 313
Documento: LEY ORGÁNICA 1/2004 Descargar Documento
Boletín: 06/07/2021
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 129
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento