Ayuda al suministro de leche y productos lacteos a los alumnos de centros escolares en la Comunidad Autonoma de Extremadura.

Código de ayuda:

S65691/08

Norma:

ORDEN de 14 de octubre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Se fijará en 20 días a partir de la recepción de la autorización para suministrar la leche.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento a seguir en la tramitación y resolución de la ayuda al suministro de leche y productos lácteos a los alumnos de los centros escolares ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como establecer el plazo de presentación de solicitudes de ayuda para el curso escolar 2008/2009.

Categorías Subvención

  • Consumo
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. El importe de la ayuda se calculará conforme al Anexo II del Reglamento (CE) n.º 657/2008, de la Comisión, de 10 de julio, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 4 del mismo.

2. La ayuda se concederá exclusivamente por los productos relacionados en el Anexo I de esta Orden y por la cantidad máxima global de 0,25 litros de equivalente de leche por alumno y día lectivo, consumidos en las dependencias del establecimiento escolar.

3. El precio máximo a pagar por los alumnos en los centros escolares será el establecido, para cada categoría de producto, en el Anexo XII a la presente Orden, sin que su importe pueda superar el precio de venta aplicado por el proveedor, en cuyo caso se reducirá hasta dicho límite

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarios de la ayuda los alumnos que asistan regularmente a los centros o establecimientos
escolares reconocidos por las autoridades competentes, de los siguientes niveles de enseñanza:

a) Educación Infantil, incluidos los jardines de infancia o guarderías y otros establecimientos de educación preescolar.

b) Educación Primaria.

c) Educación Secundaria, que comprenderá la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional de grado medio.

Documentos asociados

Boletín: 20/10/2008
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 202
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento