Ayuda a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se modifica el Decreto 211/2016, de 28 de diciembre, por el que se regula el régimen de ayudas agroambientales y climáticas y agricultura ecológica para prácticas agrarias compatibles con la protección y mejora del medio ambiente en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Código de ayuda:

S64237/18

Norma:

DECRETO 198/2018, de 18 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de abril de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

— 13.1. Pago de compensación a zonas de montaña.

Los pagos de compensación a zonas de montaña, tienen por objeto compensar a las agricultoras y agricultores por las desventajas a las que la producción agrícola está expuesta debido a las limitaciones específicas físicas o de otro tipo dentro de su área de actividad. Dicha compensación deberá permitirles continuar con el uso de las tierras agrícolas, la conservación del espacio natural, así como el mantenimiento y la promoción de sistemas de agricultura sostenible en las zonas afectadas a fin de evitar el abandono de las tierras y la pérdida de la biodiversidad.

— 13.2. Pago de compensación para otras áreas que afrontan limitaciones naturales considerables.


Los pagos de compensación para otras áreas que afrontan limitaciones naturales considerables, tienen por objeto compensar a los agricultores y agricultoras por las desventajas a las que la producción agrícola está expuesta debido a las limitaciones específicas físicas o de otro tipo dentro de su área de actividad. Dicha compensación deberá permitirles continuar con el uso de las tierras agrícolas, la conservación del espacio natural, así como el mantenimiento y la promoción de sistemas de agricultura sostenible en las zonas afectadas a fin de evitar el abandono de las tierras y la pérdida de la biodiversidad.

— 13.3. Pago de compensación para otras superficies afectadas por limitaciones específicas.

Los pagos de compensación para otras superficies afectadas por limitaciones específicas, tienen por objeto compensar a las agricultoras y los agricultores por las desventajas a las que la producción agrícola está expuesta debido a las limitaciones específicas físicas o de otro tipo dentro de su área de actividad. Dicha compensación deberá permitirles continuar con el uso de las tierras agrícolas, la conservación del espacio natural, así como el mantenimiento y la promoción de sistemas de agricultura sostenible en las zonas afectadas a fin de evitar el abandono de las tierras y la pérdida de la biodiversidad.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

— 13.1. Pago de compensación a zonas de montaña.

El importe de la ayuda anual por hectárea determinada o módulo base, es de 113,24 €/ha.

Con el objeto de asegurar la eficiencia administrativa y evitar que los gastos de tramitación de la ayuda sean superiores a la misma y teniendo en cuenta que no excluye un porcentaje elevado de agricultoras y agricultores, se establece una ayuda mínima por explotación de 100,00 €, respetando en todos los casos el pago mínimo de 25 euros / ha. de superficie comprobada.

— 13.2. Pago de compensación para otras áreas que afrontan limitaciones naturales considerables.

El importe de la ayuda anual por hectárea determinada o módulo base, es de 64,29 €/ha.

Con el objeto de asegurar la eficiencia administrativa y evitar que los gastos de tramitación de la ayuda sean superiores a la misma y teniendo en cuenta que no excluye un porcentaje elevado de agricultoras y agricultores, se estable una ayuda mínima por explotación de 100,00 €, respetando en todos los casos el pago mínimo de 25 euros / ha. de superficie comprobada.

— 13.3. Pago de compensación para otras superficies afectadas por limitaciones específicas.

El importe de la ayuda anual por hectárea determinada o módulo base, es de 85,72 €/ha.

Con el objeto de asegurar la eficiencia administrativa y evitar que los gastos de tramitación de la ayuda sean superiores a la misma y teniendo en cuenta que no excluye un porcentaje elevado de agricultoras y agricultores, se estable una ayuda mínima por explotación de 100,00 €, respetando en todos los casos el pago mínimo de 25 euros / ha. de superficie comprobada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar estos pagos las personas físicas, ya sea en régimen de titularidad única, ya sea en régimen de titularidad compartida, o las personas jurídicas, titulares de explotaciones agrarias que tengan inscritas las mismas, a su nombre, en el Registro de Explotaciones Agrarias, o encontrarse recogidas en la actualización obligatoria de referido registro, y con parcelas que cumplan requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

— 13.1. Pago de compensación a zonas de montaña.

Prima anual por hectárea subvencionable de superficie agraria situada en zona de montaña, para compensar a las agricultoras y agricultores, total o parcialmente, los costes adicionales y las pérdidas de ingresos.

— 13.2. Pago de compensación para otras áreas que afrontan limitaciones naturales considerables.

Prima anual por hectárea subvencionable de superficie agraria situada en otras áreas que afrontan limitaciones naturales considerables, para compensar a las agricultoras y agricultores, total o parcialmente, los costes adicionales y las pérdidas de ingresos.

— 13.3. Pago de compensación para otras superficies afectadas por limitaciones específicas.

Prima anual por hectárea subvencionable de superficie agraria situada en otras superficies afectadas por limitaciones específicas, para compensar a los agricultores y agricultoras, total o parcialmente, los costes adicionales y las pérdidas de ingresos.

Documentos asociados

Boletín: 24/12/2018
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 248
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
Boletín: 11/10/2019
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 197
Documento: Corrección de Errores Bases Descargar Documento