Ayuda a la distribucion de frutas y/o verduras a los alumnos de centros escolares en la Comunidad de Castilla y Leon.- Convocatoria 2012/2013.

Código de ayuda:

S00791/12

Norma:

ORDEN AYG/1618/2011, de 27 de diciembre. ORDEN AYG/3/2012, de 3 de enero. ORDEN AYG/1051/2012, de 28 de noviembre. ORDEN AYG/1149/2012, de 7 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 04/02/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas a la distribución de frutas y/o verduras para el alumnado de centros escolares de la Comunidad de Castilla y León en base a la Estrategia de la Fruta y/o la Verdura de la Comunidad de Castilla y León.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de las ayudas concedidas podrá llegar hasta el cien por cien de los costes subvencionables, sin que en ningún caso se superen las disponibilidades presupuestarias.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las sociedades cooperativas y sociedades agrarias de transformación, ambas del sector de frutas y hortalizas, así c omo las organizaciones de productores de frutas y hortalizas, con domicilio social y fiscal en la Comunidad de Castilla y León, que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La distribución de fruta y/o verdura en los centros escolares, exclusivamente o junto con la adquisición, alquiler o arrendamiento financiero de equipos previstos en la Estrategia de la Fruta y/o la Verdura de la Comunidad de Castilla y León y concretados en la correspondiente convocatoria.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.

b) Estar autorizados conforme a lo establecido en el artículo 6 de la presente Orden.

No podrán acceder a las ayudas previstas en esta Orden aquellos solicitantes en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS).

Documentos asociados

Boletín: 05/01/2012
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Boletín: 13/01/2012
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