Ayuda a la destilación de crisis de vino regulada en el Reglamento delegado (UE) 2023/1225 de la Comisión, de 22 de junio, para la campaña 2022-2023.

Código de ayuda:

S34019/23

Norma:

RESOLUCIÓN ACC/2904/2023, de 4 de agosto. ORDEN ACC/200/2023, de 1 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 25 de agosto de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas a la destilación de crisis de vino tinto de las denominaciones de origen DO Catalunya,
DO Terra Alta, DO Penedès y DO Tarragona, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas en la Orden
ACC/200/2023, de 1 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras de la ayuda a la destilación de
crisis de vino (DOGC núm. 8972, de 3.8.2023).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas previstas en esta convocatoria son por un importe total de 1.400.000,00 euros, de los que
700.000,00 son financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) con cargo a la partida
D/470000100/6130/0000 FFEAGA y 700.000,00 euros por el DACC con cargo a la partida presupuestaria
AG06D/470000100/6130/0000 de los presupuestos.

En el supuesto que las solicitudes presentadas superen este importe, se reducirá proporcionalmente el importe unitario de la ayuda para ajustar el importe de las solicitudes al importe máximo previsto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las empresas destiladoras de productos vitivinícolas que transformen vino en alcohol y tengan sus instalaciones en Cataluña.

Requisitos:

a) Estar autorizadas para la ayuda a la destilación de subproductos para la campaña vitícola 2022/2023, de acuerdo con las disposiciones que establece el artículo 54 del Real decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, o ser autorizadas específicamente para esta destilación de acuerdo con el procedimiento del apartado 4 de estas bases.

b) Cumplir los requisitos que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de
subvenciones.

c) La cuenta donde debe ingresarse el importe de la ayuda incluida en el impreso de solicitud tiene que
pertenecer a la persona beneficiaria de la ayuda.

d) Presentar declaración sobre si se han solicitado y/o se han obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u obtenida.

e) Las empresas destiladoras solicitantes de estas ayudas deben adherirse al código ético que figura como
anexo 3.

Documentos asociados

Boletín: 03/08/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8972
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 09/08/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8976
Documento: Convocatoria 2023 (completa) Descargar Documento