Ayuda a la destilación de crisis de vino para el año 2025.

Código de ayuda:

S32482/25

Norma:

Resolución ARP/4308/2025, de 19 de noviembre. Orden ARP/198/2025, de 14 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de noviembre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las ayudas es llevar a cabo una destilación de crisis voluntaria para el vino tinto a granel de las denominaciones de origen protegidas (DOP) Catalunya y Terra Alta con grado alcohólico como mínimo de 11% en volumen, con el fin de reducir el exceso de existencias de vino en estas denominaciones de origen.


Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda para la destilación de crisis es de 53,20€/hectolitro de vino destilado, que se paga a las empresas destiladoras autorizadas, las cuales deben repercutir en su totalidad el beneficio económico a los productores.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Pueden recibir la ayuda las empresas destiladoras de productos vitivinícolas que transformen vino tinto de las DOP Catalunya y Terra Alta en alcohol y tengan sus instalaciones en Cataluña.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son subvencionables los gastos ocasionados por los costes de suministro de vino a los destiladores.

Requisitos:

a) Estar autorizadas para la ayuda a la destilación de subproductos para la campaña vitícola 2025/2026, de acuerdo con las disposiciones que establece el artículo 48 del Real decreto 995/2022, de 25 de octubre, o ser autorizadas específicamente para esta destilación de acuerdo con el procedimiento de la base 7.

b) Cumplir los requisitos que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

c) Incluir en el impresos de solicitud un número de cuenta perteneciente a la persona beneficiaria de la ayuda para el ingreso del importe.

d) Presentar declaración sobre si se han solicitado o se han obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y el importe solicitado y obtenido.

e) Adherirse al código ético que figura como anexo 3.

Documentos asociados

Boletín: 19/11/2025
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9545
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 25/11/2025
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9549
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento