Ayuda a empresa privada para la instalación de cajeros automáticos en municipios en riesgo de despoblamiento con el fin de revertir su declive demográfico.

Código de ayuda:

S43746/21

Norma:

Orden PRE/57/2021, de 12 de julio. Orden PRE/64/2021, de 19 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de septiembre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria 2021 de la subvención a empresa privada destinada a incentivar y fomentar la prestación de servicios bancarios básicos por un periodo de cinco años, a través de la instalación, puesta en funcionamiento y mantenimiento de cajeros automáticos en los municipios de Cantabria en riesgo de despoblamiento establecidos.

Categorías Subvención

  • Desarrollo Rural
  • Otras

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Por un importe de 2.340.000 euros, que tendrá carácter plurianual por un periodo de cinco años y con el siguiente desglose de anualidades:

Anualidad 2021: 117.000 euros

Anualidad 2022: 468.000 euros

Anualidad 2023: 468.000 euros

Anualidad 2024: 468.000 euros

Anualidad 2025: 468.000 euros

Anualidad 2026: 351.000 euros

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de esta subvención, las entidades bancarias autorizadas para operar en España, así como otras entidades especializadas en medios de pagos que cuenten con autorización del Banco de España para la instalación, gestión y explotación de cajeros automáticos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La ejecución de las obras necesarias para la instalación de los 39 cajeros automáticos (a razón de 1 cajero automático por cada uno de los municipios en riesgo de despoblamiento establecidos en la Orden PRE/134/2020, de 16 de noviembre, por la que se aprueba la Delimitación de Municipios Afectados por Riesgo de Despoblamiento en Cantabria, BOC número 226, de 24 de noviembre de 2020), en aquellas localizaciones de titularidad de cada respectivo Ayuntamiento (incluido también en la vía pública), elegidas por cada uno de los citados Ayuntamientos y donde dichas localizaciones puedan cumplir los requisitos técnicos y de seguridad exigidos por la normativa vigente.

La ubicación final de los cajeros instalados por los beneficiarios dependerá del tipo de cajero ofertado por el solicitante que resulte beneficiario de la ayuda, ya que dichos cajeros pueden ser:

i. Bien, cajeros encastrables en pared: en este caso, la ubicación será en un edificio de titularidad municipal con acceso desde la calle para facilitar la reposición de efectivo.

ii. Bien, cajeros de interior: en este caso, la ubicación del cajero se realizará en un edificio de titularidad municipal para el que se requiere acceder a su interior para la utilización del cajero.

iii. O bien, cajeros no encastrables, ni de interior, sino localizables en vía pública.

No obstante, no constituye una actividad subvencionable la ejecución de la obra necesaria para hacer llegar hasta la localización elegida para el cajero el suministro eléctrico y la conexión de datos.

b) La instalación de los 39 cajeros automáticos conforme a las obligaciones y requisitos dispuestos en la normativa de seguridad privada, entre las que se encuentra la necesaria obtención de todos los permisos y autorizaciones preceptivas establecidas en el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada, por la Orden INT/317/2011, de 1 de febrero, sobre medidas de seguridad privada (o cualquier otra que les sustituya), y demás normativa aplicable en materia de seguridad privada.

c) La puesta en funcionamiento de los 39 cajeros en las condiciones que aseguren su normal funcionamiento y la prestación, al menos, de los siguientes servicios básicos (adicionalmente, podrá incluir otros servicios):

i. Disposición de dinero en efectivo

ii. Consulta de saldos

No se exige para resultar beneficiario de la subvención que el cajero automático responda a una fabricación, procedencia determinada o procedimiento concreto, ni a marcas, patentes o tipos de cajeros que caracterice al producto ofrecido por una entidad determinada. Eso sí, los cajeros deberán estar previamente homologados y contar con las medidas de seguridad que exige la normativa específica sobre la materia.

d) La asistencia y formación sobre el funcionamiento de los cajeros instalados dirigida a los vecinos de los municipios donde se instalen los cajeros. Para ser subvencionada, esa formación puede impartirse de forma presencial, a distancia o telemática en instalaciones y con dispositivos tecnológicos puestos a disposición del beneficiario por los respectivos Ayuntamientos y se extenderá, al menos, durante 6 semanas a contar desde la instalación de los cajeros, con un mínimo de una hora a la semana por cada cajero instalado.

e) El mantenimiento de los 39 cajeros en las condiciones que aseguren su normal funcionamiento durante las 24 horas al día, todos los días del año, durante 5 años a contar desde la concesión de la subvención, sin que en ningún caso el funcionamiento de los cajeros pueda estar interrumpido más de 48 horas, salvo causas de fuerza mayor.

f) La correspondiente explotación de los cajeros durante los citados 5 años de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera («Boletín Oficial del Estado» número 284, de 24 de noviembre de 2018) durante un plazo de 5 años a contar desde la concesión de la subvención.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas entidades que se hallen en alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 12.2, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, entre las que cabe destacar la de no hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y al Gobierno de Cantabria, y frente a la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 12/07/2021
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 57
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento
Boletín: 24/08/2021
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 68
Documento: Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 24/08/2021
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 68
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento