Aprobación definitiva de la Ordenanza por la que se regula el Régimen de Concesión de Ayudas para lasMadres con Hijos Recién Nacidos o Adoptados.

Código de ayuda:

S20146/06

Norma:

Ordenanza municipal publicada el 23 de junio de 2006

Plazo de Solicitud:

En vigor hasta su expresa derogación.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Ordenanza tiene por objeto el establecimiento y la regulación del régimen de concesión de ayudas para el apoyo a las madres, naturales o adoptivas, residentes y empadronadas ininterrumpidamente durante el período mínimo de un año, junto con el resto de miembros de la unidad familiar, si los hubiese, en el municipio de Las Rozas de Valdearroyo ( Cantabria ), y que tengan o adopten un hijo/a.

Tras la aprobación definitiva de la presente Ordenanza no será necesaria la convocatoria anual de estas ayudas, estando la misma en vigor hasta su expresa derogación.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Ayuntamiento de Las Rozas de Valdearroyo (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas reguladas cuyo régimen de concesión regula la presente Ordenanza serán abonadas al solicitante una única vez por cada hijo nacido o adoptado y tendrán un importe de 600 euros por solicitante.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a estas ayudas aquellas madres que tengan o adopten un hijo/a durante todo el año 2006 y que compongan una unidad familiar en la el padre o la madre se encuentren empadronados en el Ayuntamiento de Las Rozas de Valdearroyo, de forma ininterrumpida con una antigüedad de al menos un año de antelación a la fecha de la solicitud de la ayuda.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

ayudas para el apoyo a las madres, naturales o adoptivas.

Requisitos:

La beneficiaria ha de facilitar toda la información que le sea requerida por el órgano gestor, los órganos de control u otros órganos competentes, de acuerdo con la normativa vigente.

Las madres que hayan tenido o adoptado/a un hijo en el año en curso deberán solicitar la ayuda antes del 31
de diciembre, salvo que el nacimiento o la adopción se produzca en el mes de diciembre, en cuyo caso la solicitud de podrá presentar hasta el 31 de enero del año siguiente al nacimiento o la adopción.

Documentos asociados

Boletín: 23/06/2006
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 121
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento