Apoyo al desarrollo de contenidos audiovisuales de proyectos individuales.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S48155/17

Norma:

EACEA/22/2017.

Plazo de Solicitud:

Primer plazo 23 noviembre 2017; Segundo plazo 19 abril 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Incrementar la capacidad de los operadores audiovisuales de realizar obras audiovisuales con potencial
de circulación en la Unión y fuera de ella, así como coproducciones europeas e internacionales, incluso
con cadenas de televisión.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Unión Europea

Convoca:

Comisión Europea ( Unión Europea)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

• 60 000 EUR para las obras de animación.

• 25 000 EUR para los documentales creativos.

• 50 000 EUR para la obras de ficción si el presupuesto de producción estimado es igual o superior a
1 500 000 EUR.

• 30 000 EUR para la obras de ficción si el presupuesto de producción estimado es inferior a 1 500 000 EUR.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

El presente anuncio de convocatoria de propuestas está dirigido a empresas europeas cuyas actividades
contribuyen a la consecución de los objetivos definidos anteriormente, en particular a productoras europeas independientes constituidas legalmente al menos 12 meses antes de la fecha de presentación y con un éxito reciente demostrable.

Podrán presentar su candidatura las entidades jurídicas establecidas en una de las categorías de países que figuran a continuación, en la medida en que se cumplan todas las condiciones contempladas en el artículo 8 del Reglamento y siempre y cuando la Comisión haya entablado negociaciones con el país en cuestión:

- Estados miembros de la UE y países y territorios de ultramar que puedan participar en el programa con arreglo a lo dispuesto en el artículo 58 de la Decisión 2001/822/CE del Consejo;

- los países en vías de adhesión, los países candidatos y los países candidatos potenciales que se acojan
a una estrategia de preadhesión, conforme a los principios generales y a las condiciones generales de participación de dichos países en programas de la Unión establecidos en los respectivos acuerdos marco, decisiones del Consejo de Asociación o acuerdos similares;

- los países de la AELC que sean parte del EEE de conformidad con las disposiciones del Acuerdo sobre el EEE;

- la Confederación Suiza, sobre la base del acuerdo bilateral que se celebrará con este país;

- los países acogidos a la Política Europea de Vecindad, con arreglo a los procedimientos establecidos con respecto a estos países en los acuerdos marco que disponen su participación en los programas de la Unión Europea.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Largometrajes cinematográficos, películas de animación y documentales creativos con una duración mínima de 60 minutos destinados principalmente a su estreno en cines;

- Obras de carácter dramático (entrega única o en varios capítulos) con una duración total mínima de 90 minutos, películas de animación (entrega única o en varios capítulos) con una duración total mínima de 24 minutos y documentales creativos (entrega única o en varios capítulos) con una duración mínima de 50 minutos destinados principalmente a la televisión;

- Proyectos de ficción con una duración total o una experiencia de usuario mínimas de 90 minutos, proyectos de animación con una duración total o una experiencia de usuario mínimas de 24 minutos y documentales creativos con una duración total o una experiencia de usuario mínimas de 50 minutos destinados principalmente a su explotación en plataformas digitales. Para proyectos que presenten una experiencia de usuario en un formato no lineal (p. ej., realidad virtual), estos mínimos no se aplican.

Documentos asociados

Boletín: 20/09/2017
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº
Documento: Convocatoria 2017 Descargar Documento