Apoyo a organismos activos a nivel europeo en el ámbito de la juventud.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S44364/11

Norma:

EACEA/28/11.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 15 de noviembre de 2011 a las 12,00 horas.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Asistir a organismos que, mediante sus actividades permanentes, habituales y periódicas, contribuyan a la consecución de los objetivos del programa «La Juventud en Acción».

Categorías Subvención

  • Juventud

Localización del organismo gestor

Unión Europea

Convoca:

Comisión Europea ( Unión Europea)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La contribución financiera con cargo al presupuesto de la Unión no podrá exceder el 80 % de los gastos provisionales [para los solicitantes que utilicen el cálculo de la subvención basado en el presupuesto, la contribución será del 80 % de los gastos elegibles ( 1 )].

El importe máximo de la subvención comunitaria por organismo será de 35 000 EUR para un convenio anual.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

1) Organizaciones no gubernamentales europeas:

a) Organizaciones europeas «paraguas» con filiales en al menos 8 países elegibles.

b) Redes europeas de carácter formal que tengan organizaciones miembro formalmente constituidas en al menos 8 países elegibles.

2) Redes europeas informales — compuestas de organizaciones independientes entre sí y con actividad en al menos 8 países elegibles.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

— Grupo 1: representación de las opiniones e intereses de la juventud de Europa en su diversidad.

— Grupo 2: intercambios de jóvenes y servicios voluntarios.

— Grupo 3: aprendizajes y programas de actividades no formales e informales destinados a los jóvenes.

— Grupo 4: fomento del aprendizaje y de la comprensión interculturales.

— Grupo 5: debates sobre asuntos europeos, políticas de la Unión o políticas que afectan a la juventud.

— Grupo 6: divulgación de información sobre la acción de la Unión Europea.

— Grupo 7: acciones para fomentar la participación y la iniciativa de los jóvenes.

Requisitos:

— No tener ánimo de lucro.

— Ser de carácter no gubernamental.

— Haber estado legalmente registrado durante al menos 1 año en un país ele
gible en la fecha de la presentación de las solicitudes.

— Ser una organización juvenil o un organismo con objetivos más amplios, pero cuyas actividades estén en parte destinadas a los jóvenes.

— Implicar a los jóvenes en la gestión de actividades desarrolladas a su favor.

— Que al menos uno de los miembros de su personal sea permanente (remunerado o no). Se concederán excepciones a aquellos organismos que nunca se hayan beneficiado de subvenciones en concepto de esta acción y tengan previsto emplear a una persona con carácter permanente en caso de que se conceda la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 13/09/2011
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº
Documento: Convocatoria de Propuestas. Descargar Documento