Apoyo a los agentes de ventas internacionales de películas cinematográficas europeas - «Agentes de ventas».- Convocatoria 2017/2018.

Código de ayuda:

S11719/17

Norma:

EACEA/01/2017.

Plazo de Solicitud:

Generación: 16/06/2017; Reinversión: 3/10/2018

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria de propuestas se basa en el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por
el que se establece el programa Europa Creativa (2014-2020)1.

Dentro del objetivo específico de promover la circulación transnacional, una de las prioridades del
subprograma MEDIA será la siguiente:

• apoyo a la distribución de películas en salas a través del marketing transnacional, la estrategia de marca, la distribución y la exhibición de obras audiovisuales.

El subprograma MEDIA subvencionará:

• la creación de sistemas de apoyo a la distribución de películas europeas no nacionales en salas y demás plataformas, y de apoyo a su comercialización internacional, concretamente mediante subtitulación, doblaje y audiodescripción.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Unión Europea

Convoca:

Comisión Europea ( Unión Europea)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La participación financiera de la Unión no excederá 60 % del total de costes admisibles, según el tipo de
reinversión.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los solicitantes serán empresas europeas intermediarias de los productores, especializadas en la explotación comercial de películas mediante concesión de licencias de comercialización a los distribuidores u otros compradores en el extranjero y que contribuyen a dicho objetivo.

Los solicitantes tienen que estar establecidos en uno de los países que participan en el subprograma MEDIA, y la entidad ha de ser propiedad, directamente o por participación mayoritaria, de ciudadanos de esos países.

Serán admisibles los siguientes países si se cumplen todas las condiciones a las que se refiere el artículo 8 del Reglamento por el que se establece el programa Europa Creativa y si la Comisión ha entablado negociaciones con el país:

− Estados miembros de la UE y países y territorios de ultramar que puedan participar en el programa con arreglo a lo dispuesto en el artículo 58 de la Decisión 2001/822/CE del Consejo;

− los países adherentes, países candidatos y países candidatos potenciales que se hayan acogido a una estrategia de preadhesión, conforme a los principios y condiciones generales de participación de dichos países en programas de la Unión establecidos en los respectivos acuerdos marco y decisiones del Consejo de Asociación o en acuerdos similares;

− los países de la AELC que sean miembros del EEE, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo EEE;

− la Confederación Helvética, sobre la base de un acuerdo bilateral que debe celebrarse con este país;

− Países que participan en la Política Europea de Vecindad, de conformidad con los procedimientos establecidos con dichos países en virtud de los acuerdos marco por los que se dispone su participación en los programas de la Unión Europea.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. La generación de un fondo potencial, calculado según las ventas internacionales de la empresa en el
mercado europeo en el período de referencia (2012-2016).

2. La reinversión del fondo potencial así generado por cada empresa:

Módulo 1: garantías mínimas o anticipos abonados por los derechos de ventas internacionales de nuevas películas europeas no nacionales;

Módulo 2: promoción, comercialización y publicidad en el mercado de las nuevas películas europeas no nacionales presentadas.

Documentos asociados

Boletín: 20/03/2017
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº
Documento: Convocatoria de Propuestas 2017 Descargar Documento