Apoyo a las Familias de Personas Mayores Gravemente Dependientes.

Código de ayuda:

S47282/05

Norma:

Bases del 23 de septiembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Permanecerá abierto durante todo el año.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas ayudas irán dirigidas a procurar respiro a los cuidadores de personas mayores de 65 años gravemente dependientes que cumplan los requisitos establecidos en la regulación autonómica así como en las presentes bases.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Ayuntamiento de Zamora (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar Base 4ª de Bases.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar estas ayudas los cuidadores familiares (por consanguinidad o afinidad y parejas de hecho o relaciones asimilables a los familiares) que atiendan a personas mayores de 65 años gravemente dependientes para la realización de actividades de la vida diaria y que convivan habitualmente en el mismo domicilio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La contratación para una persona para el apoyo en el hogar en las condiciones establecidas en el Real Decreto 1424/1985, de 1 de agosto, y por una duración mínima de 20 horas semanales.

Requisitos:

1.-Tanto la persona gravemente dependiente como el cuidador, deberán ser residentes en el municipio de Zamora y convivir en el mismo domicilio.

2.-La persona gravemente dependiente será de 65 años o más.

3.-La determinación de la gravedad de la dependencia será a través del baremo para la valoración de las solicitudes de acceso a la prestación social básica de Ayuda a Domicilio en Castilla y León, únicamente en los ítems recogidos en el punto 1.1 Autonomía para las actividades de la vida diaria (máximo 24 puntos) de la Resolución de 19 de diciembre de 2001 de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León por la que se aprueba el baremo para la valoración de solicitudes de acceso a la prestación social básica de Ayuda a Domicilio (B.O.C y L de 28 de diciembre de 2001).
A efectos de estas ayudas, se considerarán gravemente dependientes, a las personas que tengan dependencia total (3 puntos), en al menos 5 de las 8 variables del baremo antes mencionado.

4.-La ayuda económica deberá ir destinada a la contratación de una persona para el apoyo en el hogar en las condiciones establecidas en el Real Decreto 1424/1985 de 1 de agosto y por una duración mínima de 20 horas semanales.

5.-Entre la persona contratada y el cuidador no podrá existir vínculo familiar de primer, segundo o tercer grado.

6.-El cuidador no deberá recibir retribución alguna por la atención prestada a la persona mayor gravemente dependiente.

Documentos asociados

Boletín: 23/09/2005
BO Provincia de Zamora- Nº 114
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento