Apoyo a actividades de sensibilización respecto al valor de la propiedad intelectual.

Código de ayuda:

S37337/19

Norma:

GR/002/19.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de julio de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objetivo general de la convocatoria de propuestas es promover la sensibilización respecto al valor y los beneficios de la propiedad intelectual (PI) y el daño que causa la vulneración de los derechos de PI.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Unión Europea

Convoca:

Comisión Europea ( Unión Europea)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Lo que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La duración máxima (período de subvencionabilidad) es de 12 meses a partir de la fecha de la firma del acuerdo de subvención.

Las acciones deben llevarse a cabo en uno o varios de los siguientes países: los 28 Estados miembros de la UE Una entidad puede presentarse para diferentes lotes y, por defecto, se le puede conceder una subvención para diferentes lotes.

Las actividades financiadas en cada lote no son exhaustivas y pueden abarcar, por ejemplo:

— actividades relacionadas con los medios de comunicación y las redes sociales;

— producción y difusión de publicaciones o materiales audiovisuales;

— organización de eventos, ferias, exposiciones y actividades de formación que formen parte del proyecto específico;

— «infoentretenimiento» (debates, programas orientados a los jóvenes, concursos, videojuegos o programas musicales, etc.);

— herramientas, actividades o soluciones basadas en internet, etc.

Las actividades del lote 2 deben llevarse a cabo obligatoriamente en al menos dos Estados miembros de la UE.

Requisitos:

— sean personas jurídicas, públicas o privadas, como:

— organizaciones sin ánimo de lucro, asociaciones, ONG;

— organismos públicos de ámbito local, regional o nacional;

— universidades, fundaciones, empresas privadas o canales de televisión.

Las personas físicas no pueden solicitar una subvención.

— estén registrados en uno de los 28 Estados miembros y presenten un certificado de su país de origen donde conste que han estado correctamente inscritas durante más de dos años.

Documentos asociados

Boletín: 27/05/2019
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº C 181/2
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento