Anticipos reembolsables para los avances de la investigacion y dinamizacion del entorno del Sistema Nacional de Salud.- Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S44828/10

Norma:

Orden SAS/1916/2010, de 6 de julio. Orden SAS/2390/2010, de 7 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de octubre de 2010.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas para las actividades tendentes a la traslación, avances de la investigación y dinamización del entorno del Sistema Nacional de Salud derivadas de las líneas estratégicas del Ministerio de Sanidad y Política Social.

Todas las propuestas de ayudas habrán de ajustarse a las siguientes áreas temáticas prioritarias:

a) Acciones relacionadas con los proyectos de investigación clínica y/o epidemiológica con medicamentos de uso humano.

b) Medicamentos de uso humano con utilidad terapéutica en enfermedades raras.

c) Vacunas

d) Acciones de innovación y desarrollo de tecnologías sanitarias para el Sistema Nacional de Salud.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Sanidad y Política Social ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo a conceder por propuesta, y en su caso proyecto del anticipo reembolsable, no podrá exceder el 75 por 100 del presupuesto de la propuesta y en su caso proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Centros privados de I+D+i: Entidades e instituciones sanitarias privadas, las universidades privadas y otras entidades privadas, con personalidad jurídica propia y con capacidad o actividad demostrada en acciones de I+D+i biosanitaria en España, con existencia de Centro propio de I+D+i y RRHH propios de I+D+i.

b) Cualquier agrupación de personas privadas, en los términos previstos en el Apartado 3 del artículo 11 de la Ley General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Acciones de investigación clínica con medicamentos de uso humano especialmente en medicamentos huérfanos, terapias avanzadas, vacunas y moléculas innovadoras.

b) Acciones de innovación y desarrollo de tecnologías sanitarias para el Sistema Nacional de Salud.

Se otorgará una cantidad en concepto de préstamo bajo la modalidad de anticipo reembolsable.

El plazo máximo de amortización del anticipo reembolsable será de quince años, modulable en la respectiva resolución de concesión atendiendo a la naturaleza y a las características de la propuesta, con un plazo de carencia de tres años adicionales y el tipo de interés de aplicación será del cero por ciento anual.

Requisitos:

Los beneficiarios no podrán encontrarse incursos en ninguna de las circunstancias que prohíben la obtención de la condición de beneficiario, recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 15/07/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 171
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 14/09/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 223
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento