Ampliación límite crédito - Ayudas del Igape a las empresas del sector textil-moda-confeccion para la realizacion de actuaciones y estrategias de promocion e internacionalizacion en desarrollo del Plan Estrategico del Textil, Vision 2020.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S32373/13

Norma:

RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2013. RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/09/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Publicar las bases reguladoras de las ayudas del Igape a las empresas del sector textil-moda-confección para la realización de actuaciones y estrategias de promoción e internacionalización en desarrollo del Plan Estratégico del Textil, Visión 2020, y convocar para el ejercicio 2013 dichas ayudas en régimen de concurrencia competitiva.

Categorías Subvención

  • Exportación / Internacionalización
  • Textil - Confección

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto Gallego de Promoción Económica (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas privadas pertenecientes al sector textil-moda-confección con domicilio social en la Comunidad Autónoma de Galicia, ya sean personas físicas o jurídicas que figuren dadas de alta en las agrupaciones 43, 44 y/o 45 del impuesto de actividades económicas o en el grupo 613.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Actuaciones de difusión:

a) Actuaciones de difusión y divulgación con fines promocionales realizados a través de campañas o inserciones en prensa, revistas, internet y vallas publicitarias siempre que su
difusión se realice fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Actuaciones de difusión y divulgación con fines promocionales realizadas a través de la elaboración de material promocional como catálogos, contenidos audiovisuales, folletos y similares, en cualquier soporte, que contengan información de la empresa beneficiaria y que contribuyan a la divulgación y conocimiento de sus productos fuera del ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. Actuaciones de promoción:

a) Participación en ferias, desfiles, certámenes y otros eventos expositivos sectoriales de carácter profesional que tengan lugar fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Córners situados tanto en el mercado nacional como internacional para favorecer la promoción a través de exposiciones permanentes así como mejorar la presencia de la marca en los puntos de venta y show-rooms siempre que estén en el extranjero.

3. Actuaciones de acceso a mercados:

Estrategia de penetración en los mercados externos a Galicia a través de la expansión de la marca.

Estrategia de penetración en los mercados internacionales a través de licencias de marca orientadas al acceso a los mercados internacionales así como la materialización de los
acuerdos con terceros.

Requisitos:

Los beneficiarios tendrán que disponer de un diagnóstico positivo del potencial de
internacionalización de la empresa realizado en el ejercicio de la convocatoria o en los cuatro ejercicios anteriores a través de programas de Igape o Icex. Sólo son válidos a estos
efectos los diagnósticos presenciales con visita a la empresa del realizador del diagnóstico,
no los realizados on-line.

No podrán tener la condición de beneficiarios las personas o entidades en que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2º y 3º de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG nº 121, de 25 de junio).

No podrán tener la condición de beneficiario las empresas que estuvieran en crisis.

A estos efectos, conviene tener en cuenta la definición de empresa en crisis que para las
grandes empresas figura en el punto 2.1 de las directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (DOUE C 244/2, de 1 de octubre de
2004) y que para las pymes aparece en el artículo 1.7º del Reglamento general de exención
(Reglamento CE 800/2008).

Documentos asociados

Boletín: 19/08/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 156
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 19/12/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 242
Documento: Ampliación Límite Crédito. Descargar Documento