Actuaciones para el abono de indemnizaciones en relación con los daños ocasionados por el accidente del buque «Prestige».

Código de ayuda:

S22455/04

Norma:

Real Decreto Ley 4/2003, de 20 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/03/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se autoriza al ICO al pago de las indemnizaciones, con el límite de 160 millones de euros, a los afectadospor los daños ocasionados en España por el accidente del buque «Prestige», siempre que se trate de personas físicas o jurídicas, que hayan sufrido daños por contaminación indemnizables, de conformidad con lo establecido en el Convenio internacional sobre la constitución de un Fondo internacional de indemnización de daños debidos a la contaminación por hidrocarburos (FIDAC) y del Convenio internacional sobre responsabilidad civil de daños debidos a contaminación por hidrocarburos.

Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Gobierno Central ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sin especificar.

Se corresponderá con los daños y perjuicios efectivamente sufridos por ellos a consecuencia del siniestro, cuya valoración y determinación de la cantidad que deba abonarse se realizará de acuerdo con los criterios de evaluación utilizados para la aplicación del Convenio internacional sobre la constitución de un Fondo internacional de indemnización de daños debidos a contaminación por hidrocarburos (FIDAC) y del Convenio internacional sobre responsabilidad civil de daños debidos a contaminación por hidrocarburos, todo ello conforme al daño evaluado, previo convenio al efecto, por el organismo competente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Toda persona, física o jurídica, que haya sufrido daños derivados del accidente del «Prestige», de conformidad con lo establecido en el Convenio internacional sobre la constitución de un Fondo internacional de indemnizaciónde daños debidos a contaminación por hidrocarburos (FIDAC) y del Convenio internacional sobre responsabilidad civil de daños debidos a contaminación por hidrocarburos, y que como tales beneficiarios sean comunicados al ICO por el órgano que se determine reglamentariamente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Sin especificar.
Indemnizaciones por los daños derivados del accidente del «Prestige».

Requisitos:

Ver Beneficiarios.

Documentos asociados

Boletín: 21/06/2003
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 148
Documento: Real Decreto Ley 4/2003 Descargar Documento
Boletín: 03/07/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 160
Documento: Real Decreto Ley 4/2004 Descargar Documento