Actuaciones de rehabilitacion de edificios y viviendas, Programa 2010.
Código de ayuda:
S46091/10Norma:
Real Decreto 2066/2008 de 12 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 10/08/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
La regulación y convocatoria de selección de los beneficiarios, en régimen de concurrencia competitiva, de las actuaciones de rehabilitación de viviendas y edificios correspondiente al programa de 2010 establecido en el Convenio suscrito por la Ciudad de Ceuta con el Ministerio de Vivienda así como el acceso a las ayudas complementarias de la Ciudad de Ceuta que se establecen en las mismas, y que están destinadas al abono de un porcentaje del presupuesto protegible de las actuaciones de rehabilitación de edificios y viviendas, en el ámbito territorial de la Ciudad de Ceuta.Categorías Subvención
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Ceuta
Convoca:
Ciudad Autonoma de Ceuta (Ceuta)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a.- Rehabilitación de viviendas : 6.000 euros.b.- Rehabilitación de edificios: 600 euros por vivienda con un mínimo de 12.000 euros por edificio.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
1.- Podrán ser beneficiarios de las actuaciones de rehabilitación de edificios los promotores de la actuación, los propietarios de las viviendas o edificios, inquilinos autorizados por el propietario o las comunidades de propietarios. Para el acceso a las ayudas individuales a los propietarios u ocupantes de las viviendas de los edificios objeto de rehabilitación, los ingresos de estos no podrán superar en 6, 5 veces el IPREM.2.- Podrán ser beneficiarios de las actuaciones de rehabilitación de viviendas las personas físicas, propietarios de la vivienda y ocupantes de esta autorizados por el propietario para la realización de las obras objeto de la actuación, cuyos ingresos familiares no excedan de 6,5 veces el IPREM.
Documentos asociados
Boletín:
24/12/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 309
Documento: Real Decreto 2066/2008 de 12 de diciembre Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 309
Documento: Real Decreto 2066/2008 de 12 de diciembre Descargar Documento
Boletín:
23/07/2010
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 4967
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento
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Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento