Acciones en el campo de la energía dentro del programa «Energía Inteligente para Europa».

Código de ayuda:

S49182/05

Norma:

Convocatoria de 2005/C 248/07.

Plazo de Solicitud:

Acciones Tipo 1 y 2: 31-enero-2006 (excepto Coopener: 28-febrero). Acciones Tipo 3: 30-noviembre-2005 y 28-abril-2006.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El desarrollo sostenible en el ámbito energético, aportando una contribución equilibrada a la consecución de los siguientes objetivos generales: la seguridad del abastecimiento energético, la competitividad y la protección del medio ambiente.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Unión Europea

Convoca:

Comisión Europea ( Unión Europea)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda no podrá ser superior al 50 % del coste total de la acción o proyecto; el resto podrá ser sufragado bien por fondos públicos o privados, o bien por una combinación de ambos.

No obstante, esta ayuda podrá abarcar la totalidad del coste de determinadas acciones, como estudios, difusión de los resultados del proyecto y otras acciones encaminadas a preparar, completar, ejecutar y evaluar el impacto de la estrategia y de las medidas políticas comunitarias, así como las medidas que la Comisión proponga para fomentar los intercambios de experiencias y conocimientos técnicos destinados a mejorar la coordinación entre las iniciativas comunitarias, nacionales, internacionalesy de otro tipo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Todas las personas jurídicas, de derecho público o privado, establecidas en el territorio de los Estados miembros.

En el programa podrán participar los países candidatos, de conformidad con las condiciones contempladas en los acuerdos europeos de asociación, los protocolos adicionales correspondientes y las decisiones de los respectivos Consejos de Asociación, con arreglo a los acuerdos bilaterales pertinentes.

Podrán participar asimismo los países de la AELC y el EEE, sobre la base de créditos adicionales y de conformidad con los procedimientos que se acuerden con dichos países.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El programa está estructurado en los cuatro ámbitos específicos siguientes:

a) el ámbito «SAVE», que se refiere a la mejora de la eficiencia energética y a la utilización racional de la energía, en particular en los sectores de la construcción y la industria, exceptuando las acciones «STEER», e incluyendo la elaboración de medidas legislativas y su aplicación;
b) el ámbito «ALTENER», que se refiere a la promoción de las fuentes de energía nuevas y renovables para la producción centralizada y descentralizada de electricidad y calor, así como su integración en el medio local y los sistemas energéticos, exceptuando las acciones «STEER», e incluida la elaboración de medidas legislativas y su aplicación;
c) el ámbito «STEER», que se refiere al apoyo a las iniciativas relacionadas con todos los aspectos energéticos del transporte, la diversificación de los carburantes, por ejemplo a través de fuentes emergentes de energía y fuentes de energía renovables, y la promoción de los carburantes de origen renovable y de la eficiencia energética en el transporte, incluida la elaboración de medidas legislativas y su aplicación;
d) el ámbito «COOPENER», que se refiere al apoyo a las iniciativas relacionadas con la promoción de la eficiencia energética y las fuentes de energía renovables en los países en vías de desarrollo, en especial en el marco de la cooperación de la Comunidad con los países en desarrollo de África, Asia, América Latina y el Pacífico.

La financiación comunitaria en el marco del programa se destinará a acciones o proyectos relativos a:

a) la promoción del desarrollo sostenible, la seguridad del abastecimiento de energía en el marco del mercado interior, la competitividad y la protección del medio ambiente, incluida la elaboración de normas, sistemas de etiquetado y certificación, y los compromisos voluntarios a largo plazo que se acordarán con la industria y otros interesados, así como los trabajos de prospectiva, los estudios estratégicos, realizados en función de análisis comunes, y el seguimiento periódico de la evolución de los mercados y de las tendencias energéticas, entre otras cosas con vistas a la elaboración de futuras medidas legislativas o la revisión de la legislación ya existente;
b) la creación, ampliación o reorganización de estructuras e instrumentos destinados al desarrollo de sistemas energéticos sostenibles, incluida la planificación y gestión energéticas a escala local y regional, así como la elaboración de productos financieros adecuados e instrumentos de mercado;
c) la promoción de sistemas y equipos en el ámbito de la energía sostenible a fin de acelerar su penetración en el mercado y estimular las inversiones, facilitando la transición de la demostración a la comercialización de tecnologías de mayor rendimiento, incluida la difusión de prácticas idóneas y de nuevas tecnologías multidisciplinares, campañas de sensibilización y la creación de estructuras institucionales con miras a aplicar el mecanismo para un desarrollo limpio y a la aplicación conjunta en el marco del Protocolo de Kioto;
d) el desarrollo de estructuras de información, educación y formación; el aprovechamiento de los resultados, la promoción y difusión de los conocimientos técnicos y las buenas prácticas, en las que participen todos los consumidores, la difusión de los resultados de las acciones y los proyectos, así como la cooperación con los Estados miembros a través de redes operativas a escala comunitaria e internacional;
e) la supervisión de la aplicación y de la repercusión de las iniciativas comunitarias, así como de las acciones de apoyo;
f) la evaluación de los efectos de las acciones y proyectos financiados en el marco del programa.

Documentos asociados

Boletín: 00/00/0000
Otro- Nº Web de la UE
Documento: Programa Global de Trabajo (en inglés) Descargar Documento
Boletín: 15/07/2003
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº L176
Documento: Programa 2003-2006 Descargar Documento
Boletín: 07/10/2005
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº C248
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento