Acciones de consolidacion de lineas formativas en el sector turistico en la "Escuela de Hosteleria y Turismo de la Ciudad Autonoma de Melilla". Programa Operativo 2007-2013"- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S31737/12

Norma:

Melilla a 13 de agosto de 2012.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar la realización de acciones de formación de los diferentes colectivos destinadas a la formación hispano-marroquí en el sector de la Hostelería y Turismo.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Formación
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Melilla

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Melilla)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas consistirán en una subvención de hasta el 100% del coste elegible, debidamente justificado, de las acciones formativas, tal y como éste se define en los puntos siguientes de este mismo artículo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades e instituciones que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las acciones de formación de los diferentes colectivos destinadas a la formación hispano-marroquí en el sector de la Hostelería y Turismo.

Requisitos:

a) Tener personalidad jurídica propia.

b) Estar especializada en el ámbito de la formación en Hostelería y Turismo o encontrarse acreditada, mediante certificación, por cualquier Escuela de
Turismo y Hostelería o entidad Oficial con competencias.

c) Tener capacidad para realizar las acciones a que se refiere el artículo 1 de la presente convocatoria, en el término de la Ciudad de Melilla.

d) Estar al corriente de sus obligaciones Tributarias nacionales y locales, así como con la Seguridad Social, en el momento de solicitar las subvenciones
y durante todo el periodo que dure la acción.

e) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y artículo 27 del RD 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 17/08/2012
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4948
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento