Acciones de apoyo y acompañamiento a la formacion y se establecen las bases reguladoras para la concesion de subvenciones publicas destinadas a su financiacion - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S63955/08

Norma:

ORDEN TIN/2805/2008, de 26 de septiembre. Resolucion de 3 de febrero de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/03/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones públicas destinadas a la realización de las acciones de investigación e innovación. Las acciones de investigación e innovación, como base de generación de conocimiento y experiencia, tienen por finalidad contribuir a la mejora del subsistema de formación profesional para el empleo, potenciando la calidad de la formación de los trabajadores ocupados y desempleados a
nivel sectorial o intersectorial, así como difundir y promover el conjunto del citado subsistema.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Educación y Ciencia ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas, entidades u organizaciones que cumplan los requisitos que se establecen en esta orden y en las correspondientes convocatorias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Las retribuciones de personal interno y externo pudiéndose incluir salarios, seguros sociales y, en general, todos los costes imputables al personal en el ejercicio de las actividades que forman parte de la
ejecución de las acciones aprobadas.

b) Los gastos de amortización de equipos y plataformas tecnológicas utilizados, calculados con criterios de amortización aceptados en las normas de contabilidad, así como el alquiler o arrendamiento financiero de
los mismos, excluidos sus intereses, soportados en la ejecución de las acciones aprobadas.

c) Gastos en bienes consumibles utilizados en la realización de las acciones aprobadas.

d) Los gastos de alquiler, arrendamiento financiero, excluidos sus intereses, o amortización de los locales utilizados expresamente en el desarrollo de las acciones aprobadas.
e) Gastos de transporte, manutención y alojamiento que se realicen en el territorio nacional, con los límites fijados en la Orden EHA/3771/2005, de 2 de diciembre, imputables al personal que participa en la ejecución de las acciones aprobadas. Se podrán incluir en este apartado los costes de transporte, manutención y alojamiento fuera del territorio nacional cuando sea necesario para el desarrollo de alguna de las acciones subvencionables y así esté contemplado en la correspondiente convocatoria.

f) Costes directamente ocasionados por la ejecución de las acciones subvencionadas, que no se recojan en el resto de los apartados, tales como publicidad, difusión, comunicación, entre otros, cuando estas actividades estén contempladas en la correspondiente convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 07/10/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 242
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/02/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 41
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento