Accion III.6 Ayuda al consumo de productos lacteos elaborados con leche de cabra y oveja de origen local , Subaccion III.6.1 Ayuda a la industria lactea y queserias artesanales y Subaccion III.6.2 Ayuda al productor de leche de caprino y ovino , del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.- Convocatoria campaña 2012.

Código de ayuda:

S15182/12

Norma:

Resolución de 18 de abril de 2012.

Plazo de Solicitud:

Consultar según fecha elaboración de productos.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas que han de regir con carácter general la ayuda al consumo de productos lácteos elaborados con leche de cabra y oveja de origen local, prevista en la Acción III.6 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, aprobado por Decisión de la Comisión de 20 de enero de 2012 [C (2012) 114 final].

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Consumo

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. El importe de la ayuda a la industria láctea o quesería artesanal será de 46 euros por tonelada de leche entera.

2. El importe de la ayuda al productor de caprino-ovino será de 144 euros por tonelada de leche entera.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las industrias lácteas o queserías artesanales que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El consumo de productos de leche de cabra y oveja de origen local destinados a la elaboración de:

• Leche.

• Yogur.

• Queso.

• Otros productos lácteos, excepto la leche en polvo.

Requisitos:

a) Que se encuentren establecidas en las Islas Canarias.

b) Que elaboren los productos referidos en la base segunda con leche de cabra y oveja producida en
el Archipiélago.

c) Que hayan sido previamente autorizadas por el Organismo Pagador de Fondos Agrícolas Europeos,
de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias.

d) Que dispongan del Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos y del Registro
de Industrias Agrarias.

Documentos asociados

Boletín: 30/04/2012
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 84
Documento: Bases, Convocatoria Campaña 2012 y Anexos. Descargar Documento