Ayudas destinadas a la cofinanciacion de los servicios de comedor escolar gestionados por las asociaciones de madres y padres del alumnado de los centros publicos no universitarios dependientes de esta conselleria, para el curso academico 2010-2011.

Código de ayuda:

S55982/10

Norma:

Orden de 1 de octubre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/11/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas económicas destinadas a las asociaciones, federaciones o confederaciones de madres y padres de alumnos/as legalmente constituidas, que gestionan los comedores escolares en los centros públicos no universitarios dependientes de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Universidad (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las asociaciones, federaciones y confederaciones de madres
y padres de alumnos/as que gestionen, directa o indirectamente, el servicio del comedor en las instalaciones de los centros escolares correspondientes.

Asimismo, podrán ser beneficiarias de las ayudas aquellas asociaciones, federaciones y confederaciones
de madres y padres de alumnos/as que, por carecer de instalaciones adecuadas en los centros escolares, gestionen el servicio de comedor escolar en los locales hosteleros próximos a los centros escolares.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) El coste diario del menú por comensal y por los días de asistencia de éstos al comedor, así como, en su caso, la vigilancia y el cuidado del alumnado durante el uso del servicio del comedor y el desarrollo de los programas de promoción de la salud y las habilidades personales complementarias del servicio, durante el curso académico 2010-2011.

b) Los gastos corrientes en que incurran las asociaciones, federaciones o confederaciones de madres y
padres del alumnado como consecuencia de la gestión del comedor, con un máximo del 3% del importe total del coste del servicio de comedor y sin que, en ningún caso, el citado porcentaje supere los 2.000 euros.

c) Los gastos ocasionados por la contratación por parte de las asociaciones, federaciones o confederaciones
de madres y padres del alumnado de pólizas de seguros vinculadas directamente a la prestación del servicio de comedor escolar.

d) Los gastos originados por la contratación de personal que desarrolle el cometido de atención al alumnado
con necesidades específicas, para el caso de que la contratación de este personal se realice separadamente.

Documentos asociados

Boletín: 06/10/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 193
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento