Subvenciones públicas para las anualidades 2026 y 2027, con destino a la financiación de planes de formación cuyo ámbito sea el Principado de Asturias, dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva.

Código de ayuda:

S20600/24

Norma:

Resolución de 13 de septiembre de 2024. Resolución de 1 de septiembre de 2020. Resolución de 28 de mayo de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de septiembre de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de planes de formación del Principado de Asturias, dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Servicio Público de Empleo (SEPEPA) (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de subvención a conceder por cada actividad formativa a realizar se determinará mediante el producto del número de horas de la misma por el número de alumnos o participantes y por el importe del módulo correspondiente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

1. En relación con las subvenciones destinadas a la financiación de actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social de ámbito autonómico y la negociación colectiva:

— Las organizaciones sindicales que participen en el diálogo social y la negociación colectiva en el ámbito del Principado de Asturias, en los términos establecidos en el artículo 7 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquéllas para la consecución de cualesquiera de esos fines.

— Las organizaciones empresariales que participan en el ámbito del Principado de Asturias, en los términos establecidos en la disposición adicional sexta del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquéllas para la consecución de cualesquiera de esos fines.

2. En relación con las subvenciones destinadas a la financiación de actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con la negociación colectiva:

— Las organizaciones sindicales y empresariales que estén legitimadas para la negociación colectiva sectorial en el ámbito geográfico y funcional de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, de acuerdo con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 87 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquéllas para la consecución de estos fines.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Costes directos de la actividad formativa:
- Retribuciones de los formadores
- Los gastos de amortización de equipos didácticos y plataformas tecnológicas
- Gastos de medios didácticos y/o adquisición de materiales didácticos
- Gastos de alquiler, arrendamiento financiero o amortización de las aulas, talleres y demás superficies utilizadas en el desarrollo de la formación
- Gastos de seguro de accidentes y responsabilidad civil de los participantes
- Gastos de transporte, manutención y alojamiento para los participantes en las actividades formativas
- Costes de evaluación y control de la calidad de la formación
- Gastos de publicidad y difusión de las actividades formativas
- Gastos derivados de la realización del informe por el auditor

b) Costes indirectos de la actividad formativa:
- Costes de personal de apoyo tanto interno como externo
- Gastos financieros
- Otros costes: luz, agua, calefacción, mensajería, correo, limpieza y vigilancia

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