Subvenciones por Asistencia Técnica a las Empresas de Inserción Sociolaboral de Navarra.

Código de ayuda:

S09364/17

Norma:

RESOLUCIÓN 476/2017, de 24 de febrero. RESOLUCIÓN 210/2018, de 27 de febrero. RESOLUCIÓN 42E/2019, de 11 de marzo. RESOLUCIÓN 2499E/2019, de 1 de octubre. RESOLUCIÓN 1305E/2020, de 8 de mayo. RESOLUCIÓN 4452E/2020, de 16 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de noviembre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas bases es regular las condiciones y requisitos de la concesión de subvenciones a las empresas de inserción sociolaboral por la contratación de técnicos de apoyo a las personas trabajadoras en
los procesos de inserción sociolaboral, para prestarles servicios de intervención e inserción y acompañamiento, con la finalidad de incorporarlos a la empresa ordinaria.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Formación
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. El importe de la subvención podrá ascender hasta 18.000 euros anuales por cada técnico a jornada completa, o su equivalente en proporción a la jornada efectivamente trabajada, en concepto de salarios y seguridad social, o la parte proporcional del tiempo trabajado en el año.

En el caso de contrato de trabajo a jornada parcial, ésta deberá ser de al menos el 50% de la jornada completa.

2. El máximo a abonar por cada mes será de 1.500 euros o la parte proporcional a la jornada trabajada.

Solo se podrá sobrepasar dicho tope en el caso de que en el mes anterior no se haya abonado el máximo establecido.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Los centros de inserción sociolaboral calificados provisionalmente de oficio como empresas de inserción por el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare.

b) Las empresas de inserción sociolaboral que lleven al menos 2 años de funcionamiento desde su calificación provisional.

Documentos asociados

Boletín: 13/03/2017
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