Subvenciones para la realizacion de actividades de informacion, orientacion y busqueda de empleo.- Convocatoria 2011.- Ampliación importes.

Código de ayuda:

S02637/11

Norma:

Orden de 31 de diciembre de 2010. ORDEN de 4 de julio de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/02/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El establecimiento de las bases reguladoras y la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a las entidades que realicen acciones de información, orientación y búsqueda de empleo articuladas en itinerarios personalizados de inserción profesional y dirigidas a mejorar las posibilidades de ocupación de los demandantes de empleo inscritos en el Servicio Público de Empleo de Galicia.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las cuantías tendrán por objeto subvencionar las retribuciones totales, incluidas las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social, por todos los conceptos del personal contratado, de acuerdo con las retribuciones establecidas en la respectiva normativa de aplicación para cada categoría, nivel o grupo profesional, hasta un máximo de 30.688,29 euros por año para el personal técnico y de 21.480,29 euros por año para el personal de apoyo.

Igualmente, se subvencionará hasta un 15% del total de la subvención aprobada, en concepto de gastos
generales, materiales, técnicos, ayudas de coste y desplazamientos que se generen por el desarrollo de
las acciones subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades que tengan personalidad jurídica propia y carezcan de fines lucrativos, en concreto, las universidades públicas, las corporaciones locales, las confederaciones y asociaciones empresariales y sindicales de Galicia, las fundaciones dependientes de las organizaciones empresariales y sindicales de Galicia especializadas en la realización de acciones de información y orientación laboral y las entidades especializadas en atención a determinados colectivos, preferentemente con disminuciones físicas, psíquicas o sensoriales, que realicen acciones de información y orientación profesional de acuerdo con lo previsto en las bases reguladoras.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las acciones de información, orientación y búsqueda de empleo articuladas en itinerarios personalizados de inserción profesional y dirigidas a mejorar las posibilidades de ocupación de los demandantes de empleo inscritos en el Servicio Público de Empleo de Galicia.

Requisitos:

a) Disponer de locales con despacho o despachos adecuados para la atención individual a los demandantes
de empleo.

b) Disponer de una cuenta de correo electrónico que actúe como buzón del servicio, a los efectos de realizar las comunicaciones con la entidad solicitante.

c) Conexión con la Red Corporativa de la Xunta de Galicia. La conexión podrá hacerse de tres formas
diferentes:

-Acceso básico dedicado RDSI.

-Acceso a la red corporativa por línea dedicada ADSL.

-Acceso a la red corporativa vía internet.

En cualquiera de las tres opciones, el hardware de comunicación que posibilite la conexión a la Red
Corporativa de la Xunta de Galicia tendrá que cumplir los estándares definidos por el organismo gestor
de dicha red.

d) Disponer de un ordenador personal con protocolo TCP/IP. La conexión del ordenador a la Red Corporativa de la Xunta de Galicia deberá ser exclusiva.
Una vez establecida ésta, no se podrá acceder a él a través de otros canales de comunicación por elementos situados en redes ajenas a la propia entidad. Queda expresamente prohibido el uso de técnicas NAT, proxy o similares en el canal de comunicación que oculten la identidad única de la estación de trabajo.
La dirección IP de la estación de trabajo debe ser fija en cualquiera de las tres modalidades de conexión. En cualquiera de las modalidades de acceso, los diferentes elementos de la red de comunicación permitirán
la apertura de sockets TCP desde los servicios centrales del Servicio Público de Empleo de Galicia hasta la estación de trabajo del usuario. Tanto el software de base instalado como las características del hardware de la estación de trabajo deberán posibilitar el correcto funcionamiento del aplicativo cliente del Servicio Público de Empleo de Galicia.

e) Disponer de acceso a internet y correo electrónico y aplicar medidas de seguridad de nivel medio en
el tratamiento de la información de carácter personal. Además, se deberá contar con software antivirus
debidamente actualizado y con mantenimiento periódico en todas las estaciones de trabajo que tengan
acceso a la Red Corporativa de la Xunta de Galicia.

Además de los requisitos especificados en el epígrafe anterior, las entidades que deseen colaborar con
la Dirección General de Formación y Colocación en la realización de acciones de información profesional y
de acciones de orientación laboral y búsqueda de empleo, deberán acreditar experiencia en materia de
orientación profesional y laboral, motivación hacia el empleo, técnicas de búsqueda de empleo, acompañamiento para la inserción, selección de personal y/o valoración de puestos de trabajo, en cada caso.

Documentos asociados

Boletín: 14/01/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 9
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 19/07/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 138
Documento: Ampliación importes. Descargar Documento