Subvenciones para la contratación de jóvenes menores de 30 años que presten sus servicios en Asociaciones Juveniles,Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud y Secciones Juveniles de Partidos Políticos de Cantabria.

Código de ayuda:

S01519/05

Norma:

Orden REL/6/2005 de 28 de diciembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/02/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder subvenciones a las Asociaciones Juveniles, Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud y Secciones Juveniles de Partidos Políticos de Cantabria que, teniendo autonomía funcional y CIF propio, contraten jóvenes desempleados/as, bien en jornada a tiempo parcial o completa, para realizar tareas de programación, gestión o coordinación que, al mismo tiempo que favorezcan el funcionamiento interno y el desarrollo de las actividades de aquellas a lo largo del año 2005, permita a éstos una formación y destreza profesional.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- La subvención concedida no podrá superar la cifra de 1.200 Euros/mes para los contratos de jornada completa ni de 600 Euros/mes para los de media jornada, incluido en estas cifras los gastos de las retenciones de IRPF y cotizaciones a la Seguridad Social, y en ningún caso, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones concedidas públicas o privadas, podrá exceder de la totalidad del gasto para el que se solicita la subvención.
- La suma total de las subvenciones concedidas en ningún caso, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas públicas o privadas, podrá exceder del coste del proyecto de actividad subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones Juveniles, las Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud y Secciones Juveniles de Partidos Políticos que, debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud, regulado por Decreto 19/2002, de 28 febrero, cumplan los siguientes requisitos:
1. Haber justificado al momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes los gastos correspondientes a las ayudas oficiales recibidas cuyo plazo de justificación haya finalizado.
2. Haber presentado en la Dirección General de Juventud la memoria de las actividades juveniles realizadas durante el año 2004, en su caso.
3. Disponer de estructura y financiación suficientes que garanticen el desarrollo de sus actividades.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Mensualidades correspondientes a contratos laborales en vigor durante el año 2005.

Documentos asociados

Boletín: 14/01/2005
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 9
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos. Descargar Documento