Subvenciones para la adquisicion de instrumentos musicales u otro equipamiento de las escuelas de musica dependientes de entidades locales, durante el año 2007.

Código de ayuda:

S65455/07

Norma:

Orden de 21 de septiembre de 2007. Orden de 13 de junio de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/11/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la adquisición de instrumentos musicales u otro equipamiento de las Escuelas de Música dependientes de Entidades Locales de la Región de Murcia, durante el año 2007 y, todo ello conforme a la Orden de 13 de junio de 2007 de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se establecen las bases reguladoras del procedimiento de concesión y justificación de subvenciones en el ámbito de la Dirección General de Cultura (BORM n.º 138, de 18 de junio).

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Cultura, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de subvención a aportar en esta convocatoria para cada entidad solicitante no podrá
exceder de 6.000,00.-euros para adquisición de instrumentos musicales u otro equipamiento.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Entidades Locales de la Región de Murcia titulares de Escuelas de Música, que cumplan las siguientes condiciones:

a) Que se ajusten a lo establecido en la Orden Ministerial de 30 de julio de 1992, sobre centros no reglados de educación musical (B.O.E. de 22 de agosto).
b) Que cuenten con instalaciones y medios materiales suficientes.
c) Que oferten enseñanza instrumental y formación musical complementaria a ésta.
d) Que cuenten con un mínimo de tres profesores que posean, al menos, el Título de Profesor al que se refi ere el artículo 10 del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, sobre Reglamentación General de los Conservatorios de Música, o titulación equivalente a efectos de docencia de la música, de planes de estudios anteriores al de 1966 o de Conservatorios de otros países.
e) Que cuenten con un mínimo de treinta alumnos matriculados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad o proyecto subvencionado, se
realicen en el plazo de ejecución establecido por esta convocatoria y se paguen con anterioridad a la fi nalización del plazo de justifi cación. Asimismo, siguiendo la Orden de 13 de junio de 2007, y a efectos de esta convocatoria son:

-Gastos admitidos:
- Gastos de inversiones y adquisiciones de material, equipos o bienes de naturaleza inventariable (instrumentos, vehículos, equipos de audio, video, sonido, iluminación, material informático, mobiliario, etc…)
- Gastos de reposición de bienes y equipos.

- Gastos excluidos:
- Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
- Intereses, recargo y sanciones administrativas o penales.
- Gastos de procedimientos judiciales.
- Gastos de comidas e invitaciones protocolarias.

Documentos asociados

Boletín: 18/06/2007
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 138
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/10/2007
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 238
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento