Subvenciones para el desarrollo de programas de tecnificación deportiva, planes de especialización deportiva y adquisición de material inmovilizado.

Código de ayuda:

S00528/04

Norma:

Orden de 16 de diciembre de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/02/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

sufragar los gastos ocasionados por el desarrollo de un programa de
tecnificación deportiva y/o un plan de especialización deportiva

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Deporte (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los gastos ocasionados por el concepto de personal técnico, no superarán en ningún caso el 60% del total de la subvención concedida.
La subvención máxima concedida a una federación para el desarrollo de sus diferentes actuaciones no podrá ser, en ningún caso, superior a los 48.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

    Detalle beneficiarios:

    Las federaciones deportivas inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad Valenciana.

    ¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

    - Los gastos ocasionados por el desarrollo del Plan de Especialización Deportiva con relación a los técnicos deportivos por las sesiones y dirección del entrenamiento, el servicio de fisioterapia y la adquisición de material deportivo para el entrenamiento.

    - Los gastos ocasionados por el desarrollo de un programa de tecnificación, únicamente en relación a:
    a) Gastos de personal técnico: Coordinador, entrenadores y colaboradores.
    b) Gastos para entrenamientos: Desplazamientos u otros.
    c) Concentraciones: Alojamiento, viaje y restauración.
    d) Asistencia a competiciones previamente designadas en el proyecto y a excepción de los campeonatos de España: Alojamiento, viajes, dietas y restauración.
    e) Otros gastos especiales, debidamente justificados.
    Los gastos ocasionados por el concepto del apartado a) personal técnico, no superarán en ningún caso el 60% del total de la subvención concedida.

    Requisitos:

    Los deportistas integrantes de los programas de tecnificación deberán:
    a) Tener la condición de valenciano/a y residencia establecida en la Comunidad Valenciana, según consta en el Estatuto de Autonomía.
    b) Poseer la licencia oficial y actual correspondiente, de la federación
    autonómica de la Comunidad Valenciana.
    c) Ser mayor de 17 años en el momento de solicitar la subvención.
    d) Nivel deportivo: al menos el 50% de los deportistas que compongan el grupo, deberán ser deportistas de elite de nivel A ó B en la temporada actual y/o en la anterior, o acreditar resultados en dichas temporadas, por los cuales serían considerados deportistas de elite A ó B, según la legislación vigente, o bien ostentar un nivel deportivo no menor al de participante en las finales, en al menos uno de los dos últimos campeonatos de España celebrados, reconocidos por las federaciones españolas correspondientes, de categoría juvenil o superior, o haber alcanzado alguno de los tres primeros puestos en el último campeonato autonómico celebrado de su modalidad, bien individual o por equipos, en las citadas categorías.

    Documentos asociados

    Boletín: 07/01/2004
    DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4664
    Documento: Convocatoria Descargar Documento