Subvenciones para ejecutar proyectos de postemergencia en países en desarrollo para el año 2021.

Código de ayuda:

S16982/19

Norma:

Decreto 15/2018, de 8 de junio. Resolución de 15 de marzo de 2019. Resolución de 9 de marzo de 2020. Resolución de 19 de marzo de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de noviembre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Prestar ayuda a las poblaciones de países en desarrollo afectadas por situaciones de emergencia mediante la financiación de proyectos en el ámbito de la postemergencia. La ayuda postemergencia incluye el conjunto de acciones que se llevan a cabo después de una catástrofe para restablecer el funcionamiento de los servicios esenciales, recuperar la capacidad productiva de los diferentes sectores de la economía, reparar los daños materiales y establecer las bases para un desarrollo sostenible de las poblaciones afectadas.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Asuntos Sociales y Deportes (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro radicadas en las Illes Balears que lleven a cabo proyectos de postemergencias destinados a satisfacer las necesidades básicas urgentes e inmediatas de población.

Requisitos:

a. Estar válidamente constituidas de conformidad con la normativa vigente e inscritas en el registro correspondiente. Hace falta que la constitución legal de la entidad y su presencia efectiva en las Islas Baleares se hayan producido como mínimo dos años antes de la publicación de la convocatoria. A los efectos de lo que se establece con respecto al requisito de la antigüedad que tienen que acreditar las entidades beneficiarias, en el caso de sucesión de entidades, se tiene que respetar la antigüedad originaria de la entidad siempre que esta circunstancia se acredite en los nuevos estatutos.

b. Disponer de la organización, la estructura técnica y la capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de subvención.

c. Tener como objetivo, en sus estatutos, la realización de actividades y proyectos relacionados con la cooperación para el desarrollo y el fomento de la solidaridad con los pueblos.

d. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

e. En el caso de fundaciones, estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones contables con el protectorado en el momento de presentar la solicitud.

f. No estar sometidas a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o a ningún procedimiento sancionador.

g. Haber justificado suficientemente las subvenciones o las ayudas recibidas anteriormente del Gobierno de las Islas Baleares, si es el caso.

h. No incurrir en ninguna de las prohibiciones que establecen el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones y el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
i. Ejecutar los proyectos mediante la actuación de un socio local en el país empobrecido. Se entiende por socio local o contraparte extranjera la persona jurídica legalmente creada y reconocida en el registro oficial correspondiente como entidad nacional, sin ánimo de lucro, de acuerdo con la legislación del país donde se tiene que desplegar la acción, que mantiene relaciones de colaboración con la entidad beneficiaria y que asume, en todo o en parte, la ejecución directa de las actuaciones objeto de ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 12/06/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 72
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 23/03/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 38
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 23/03/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 38
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 12/03/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 31
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 12/03/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 31
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 24/03/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 41
Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 15/11/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 195
Documento: Ampliación del crédito Descargar Documento
Boletín: 15/11/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 195
Documento: Ampliación del crédito (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 23/03/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 40
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 23/03/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 40
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento