Subvenciones destinadas al fomento de la movilidad sostenible en la distribución urbana de mercancías (Cambia 360) de la anualidad 2024.

Código de ayuda:

S56382/21

Norma:

Acuerdo del Pleno, de 30 de octubre de 2013. Decreto de 18 de octubre de 2021. Decreto de 17 de mayo de 2022. Decreto de 14 de marzo de 2023. decreto de 22 de marzo de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Reducir las emisiones de elementos contaminantes y mejorar la eficiencia energética que genera el sector
del tráfico rodado en la ciudad de Madrid, con la consiguiente mejora de la calidad del aire y la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

La adquisición de furgonetas y camiones ligeros, y de bicicletas con sistema de asistencia al pedaleo, ciclomotores eléctricos, motocicletas eléctricas y cuatriciclos eléctricos, destinados a la distribución urbana de mercancías en la Comunidad de Madrid.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El crédito destinado a esta convocatoria asciende a ciento cincuenta mil euros (150.000 euros). La cuantía de las ayudas que se otorgarán será la siguiente:

a) Bicicletas con sistemas de asistencia al pedaleo y una potencia inferior o igual a 250 W: hasta el 50 por 100 del precio de adquisición, excluidos impuestos y el coste de accesorios, con un máximo de 600 euros.

b) Ciclomotores de dos ruedas tipo L1e-B: hasta el 50 por 100 del precio de adquisición, excluidos impuestos y el coste de accesorios, con un máximo de 700 euros.

c) Motocicletas tipo L3e, L4e y L5e: hasta el 50 por 100 del precio de adquisición, excluidos impuestos y el coste de accesorios, con un máximo de 1.000 euros.

d) Cuatriciclos tipos L6e-BPyL7e-CP:hastael50por100delpreciodeadquisición, excluidos impuestos y el coste de accesorios, con un máximo de 1.500 y 2.000 euros, respectivamente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Personas físicas mayores de edad, autónomos y las personas jurídicas privadas o entidades sin personalidad, que desarrollen actividades económicas y cumplan los requisitos del apartado 5 de la convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Furgonetas y camiones ligeros, de las categorías N1 y N2, matriculados y sujetos pasivos del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en la ciudad de Madrid, que estén destinados a la distribución urbana de mercancías en la Comunidad de Madrid, y cuenten con la categoría de clasificación ambiental “Cero emisiones”, “ECO” y “C,” tal y como se definen en los Anexos II y XI del Reglamento General de Vehículos, aprobado mediante el Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.

El achatarramiento de un vehículo N1, N2 o M, con categoría ambiental “A” (sin distintivo ambiental), supondrá un incremento de la ayuda a percibir, en los ámbitos 1 y 2; mientras que en el ámbito 3, será requisito obligatorio para la obtención de la correspondiente ayuda.

Bicicletas con sistema de asistencia al pedaleo, destinadas a la distribución urbana de mercancías en la Comunidad de Madrid.

Ciclomotores eléctricos de dos ruedas de la categoría L1e-B y motocicletas eléctricas de las categorías L3e, L4e y L5e, matriculados en la ciudad de Madrid, siempre que se destinen a la distribución urbana de mercancías en la Comunidad de Madrid.

Cuatriciclos clasificados en las siguientes categorías:

1.- L6e BU: L6e BU: Cuatriciclos ligeros cuya masa en vacío sea inferior o igual a 425 kg, no incluida la masa de las baterías, cuya velocidad máxima por construcción sea inferior o igual a 45 km/h, y potencia máxima inferior o igual a 4 kW.

2.- L7e CU: Vehículos de cuatro ruedas, con una masa en orden de marcha (no incluido el
peso de las baterías) inferior o igual a 600 Kg, y que no puedan clasificarse como cuatriciclos
ligeros.

Los requisitos técnicos en todos los casos se acreditarán en el presupuesto que se incluye en el paquete de documentación que acompaña a la solicitud de la ayuda.

6.3 No serán objeto de subvención los siguientes vehículos:

a) Vehículos de segunda mano.

b) Vehículos concebidos para competición.

c) Vehículos de movilidad personal no incluidos en esta convocatoria.

Requisitos:

a) Tener la residencia establecida en Madrid en el momento de la publicación de la convocatoria; en el caso de las empresas, tener su domicilio social en Madrid o, en su defecto, disponer de una sucursal abierta en esta ciudad.

b) Estar dado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

c) La actividad económica ejercida debe conllevar la distribución urbana de mercancías en la Comunidad de Madrid.

d) Realizar la actuación subvencionable en los términos y en el período que se especifican en la presente convocatoria.

e) Abonar el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica en el municipio de Madrid, o haber obtenido la exención del pago, una vez adquiridos los vehículos, salvo que se trate de un vehículo no sujeto o exento.

f) Presentar la solicitud de ayuda conforme a lo establecido en el artículo 9 de la presente convocatoria, acompañada de la documentación requerida.

Documentos asociados

Boletín: 22/11/2013
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 278
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 02/11/2021
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 261
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 31/05/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 128
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 31/05/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 128
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 24/03/2023
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 71
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
Boletín: 24/03/2023
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Boletín: 24/03/2023
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Boletín: 09/04/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 84
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento
Boletín: 09/04/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 84
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 11/04/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 86
Documento: Corrección de errores Descargar Documento