Subvenciones destinadas a sociedades musicales de la Comunitat Valenciana con escuelas de educandos.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S54037/11

Norma:

ORDEN 16/2011, de 26 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/01/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones, dentro de los límites presupuestarios que se aprueben para dicha finalidad, destinadas a las sociedades musicales de la Comunitat Valenciana con escuelas de educandos, para contribuir a la financiación de las actividades llevadas a cabo en aras al fomento de la enseñanza de la música y de la promoción y difusión de la cultura
musical, durante el ejercicio 2012.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consejería de Gobernación y Justicia (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Sociedades Musicales titulares de Escuelas de Educandos previstas en la Ley 2/1998, de 12 de
mayo, Valenciana de la Música, siempre que de acuerdo con el artículo 13.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Gastos derivados de la adquisición de material pedagógico destinado a fines didácticos.

2. Gastos para la promoción cultural musical y actividades de promoción y difusión de la iniciación en la cultura musical.

3. Y, gastos de material fungible.

Requisitos:

a) Que en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria, figuren inscritas en el correspondiente Registro de Asociaciones o Registro de Fundaciones, dentro del ámbito de la Comunitat Valenciana, como asociaciones o fundaciones, sin ánimo de lucro, cuya finalidad sea la divulgación y promoción cultural de la música.

b) Que en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria, las Sociedades Musicales no figuren inscritas como escuelas de música en la sección específica del Registro de Centros Docentes de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 2/1998, de 12 de mayo, Valenciana de la Música, y en el artículo 9 de la Orden de 4 de enero de 1994, de la Conselleria de Educación y Ciencia, reguladora de las escuelas de música, de danza y de música y danza (DOGV núm. 2.196, de 31 de enero de 1994).

c) Que cuenten con un programa de actividades para el curso 2011-2012 que se corresponda con las actividades cuya financiación parcial constituye el objeto de esta orden.

d) Que se hallen al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, según lo que establece el punto 1 letra e) del artículo 14 de la citada Ley General de Subvenciones.

2. Quedarán excluidas de la presente convocatoria las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 30/12/2011
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6682
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento