Subvenciones destinadas a la financiación de inversiones en centros especiales de empleo para el año 2022.

Código de ayuda:

S36646/19

Norma:

ORDEN de 16 de octubre de 1998. Orden de 30 de mayo de 2019. Orden de 26 de febrero de 2020. Orden de 8 de abril de 2021. Orden de 22 de marzo de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de mayo de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 12.020

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan subvenciones dirigidas a la financiación de proyectos generadores de empleo para trabajadores con discapacidad en centros especiales de empleo para el año 2022.

Categorías Subvención

  • Discapacitados
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Empleo e Industria (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención será la siguiente:

– 12.020 euros por puesto de trabajo creado con carácter estable y a tiempo completo, si el centro especial de empleo supera el 90 por 100 de trabajadores con discapacidad con respecto al total de su plantilla. Cuando el contrato por tiempo indefinido se concierte a tiempo parcial, la cantidad anterior se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada.

– 9.015 euros por puesto de trabajo creado con carácter estable y a tiempo completo, si el número de trabajadores con discapacidad del centro especial de empleo está comprendido entre el 70 por 100 y el 90 por 100 del total de la plantilla. Cuando el contrato por tiempo indefinido se concierte a tiempo parcial, la cantidad anterior se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada.

Las cuantías de las subvenciones tienen carácter de máximo, salvo en los supuestos en los que se autorice expresamente superar dichas cuantías por la Dirección General de Economía Social y Autónomos a instancia del órgano gestor correspondiente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a estas subvenciones los centros especiales de empleo que figuren inscritos en el registro de centros especiales de empleo de esta Comunidad, cumplan el requisito del porcentaje mínimo de trabajadores con discapacidad establecido en el artículo 43.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social durante el período subvencionable solicitado, y desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.

Documentos asociados

Boletín: 21/11/1998
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 279
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 06/06/2019
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 107
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 06/06/2019
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 107
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 04/03/2020
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 44
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 04/03/2020
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 44
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 14/04/2021
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 71
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 14/04/2021
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 71
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 29/03/2022
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 61
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento