Subvenciones del programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa en el sector industrial en Asturias.

Código de ayuda:

S52782/19

Norma:

Real Decreto 263/2019, de 12 de abril. Resolución de 20 de septiembre de 2019. Resolución de 27 de diciembre de 2019. Resolución de 24 de julio de 2020. Real Decreto 1186/2020, de 29 de diciembre. Resolución de 30 de diciembre de 2020. Resolución de 3 de marzo de 2021. Resolución de 29 de junio de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de junio de 2023 o hasta el posible agotamiento de la cuantía.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones cuya finalidad es incentivar y promover la realización de actuaciones en PYME y gran empresa del sector industrial que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética, contribuyendo a alcanzar con ello los objetivos de reducción del consumo de energía final que fija la Directiva 2012/27/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, conforme a las condiciones establecidas por las bases reguladoras aprobadas por Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial (BOE de 13/4/19), y conforme a las normas que rigen el Programa
Operativo FEDER Plurirregional de España 2014-2020. A estos efectos se entiende como “consumo de energía final” toda la energía final suministrada a la industria, no incluyendo los suministros del sector de transformación de la energía y a las industrias de la energía propiamente dichas. Siempre que estén ubicadas en el territorio del Principado de Asturias, serán actuaciones subvencionables, de acuerdo con lo expresado en el artículo 6 del Real Decreto 263/2019, de 12 de febrero, y su anexo IV.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las empresas que tengan la consideración de PYME, o de Gran Empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los siguientes:

07. Extracción de minerales metálicos.

08. Otras industrias extractivas.

09. Actividades de apoyo a la industria extractiva.

10. Industria de la alimentación.

11. Fabricación de bebidas.

13. Industria textil.

14. Confección de prendas de vestir.

15. Industria del cuero y del calzado.

16. Industria de la madera y corcho, excepto muebles, cestería y espartería.

17. Industria del papel.

18. Artes gráficas y reproducción de soportes grabados.

19. Coquerías y refino de petróleo.

20. Industria química.

21. Fabricación de productos farmacéuticos.

22. Fabricación de productos de caucho y plásticos.

23. Fabricación de otros productos minerales no metálicos.

24. Metalurgia; Fabricación de hierro, acero y ferroaleaciones.

25. Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.

26. Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos.

27. Fabricación de material y equipo eléctrico.

28. Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.

29. Fabricación de vehículos a motor, remolques y semirremolques.

30. Fabricación de otro material de transporte.

31. Fabricación de muebles.

32. Otras industrias manufactureras.

33. Reparación e instalación de maquinaria y equipo.

35. Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado.

36. Captación, depuración y distribución de agua.

37. Recogida y tratamiento de aguas residuales.

38. Recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización.

39. Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos.

b) Las empresas de servicios energéticos entendiendo como tal la definición más amplia posible de las organizaciones que aporten este tipo de servicios. Para poder ser destinatarias últimas de las ayudas, estas empresas deberán actuar en función de un contrato de servicios energéticos con alguna de las empresas que se indican en el apartado a) lo que se acreditará conforme a lo dispuesto en el anexo III, repercutiendo en todo caso la ayuda prevista en este programa a la empresa donde se ejecute el proyecto.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Actuación 1: Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.

El objetivo es reducir el consumo de energía final en PYME y gran empresa del sector industrial mediante la mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.

Se trata de promover la sustitución de equipos e instalaciones así como sistemas auxiliares consumidores de energía, por otros que utilicen tecnologías de alta eficiencia energética o la mejor tecnología disponible con objeto de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO2.

Actuación 2: Implantación de sistemas de gestión energética.

El objetivo es reducir el consumo de energía final en PYME y gran empresa del sector industrial mediante la implementación o mejora de los sistemas de gestión energética.

Se trata de promover la implantación de sistemas de gestión energética con objeto de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO2 de las instalaciones industriales de los beneficiarios.

Documentos asociados

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BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 89
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