Subvenciones del ejercicio 2017 para actividades musicales profesionales.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S20164/17

Norma:

ORDEN de 3 de mayo de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de junio de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden regula y convoca la concesión de subvenciones para actividades musicales profesionales del ejercicio 2017.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Edición de partituras musicales: 30.000 euros.

b) Proyectos musicales unitarios: 135.000 euros.

c) Iniciativas musicales empresariales: 195.000 euros.

d) Programación musical: 140.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Sin perjuicio de otras condiciones establecidas para cada modalidad, podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta Orden las personas solicitantes que cumplan los requisitos a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

– Cap. II: Edición de partituras musicales.

– Cap. III: Proyectos musicales unitarios.

– Cap. IV: Iniciativas musicales empresariales.

– Cap. V: Programación musical.

Requisitos:

a) Ser personas físicas o jurídico-privadas empadronadas o cuya sede social se ubique en la Comunidad Autónoma de Euskadi, o en caso contrario, que el proyecto presentado contemple el apoyo a la producción o difusión de obras de músicos nacidos o residentes en el País Vasco.

Respecto a este requisito, no se tomarán en cuenta solicitudes presentadas bajo la forma de «Comunidad de bienes» o de otras entidades sin personalidad jurídica.

b) Estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en un epígrafe de actividad musical y, en el caso de las personas jurídicas, tener un objeto o fin social acorde con el desarrollo de actividades musicales.

Documentos asociados

Boletín: 09/05/2017
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 86
Documento: Bases y Convocatoria 2017 Descargar Documento