Subvenciones a salas de artes escenicas.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S16673/15

Norma:

RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 11 de mayo de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fijar las bases que regularán el régimen de subvenciones establecidas por la Agadic para el fomento de la estabilidad y consolidación de las salas de artes escénicas de titularidad privada que desarrollen programaciones artísticas de carácter profesional.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de las Industrias Culturales - AGADIC (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se concederá una dotación unitaria máxima de 30.000 euros por entidad beneficiaria, con el límite del 50 % del presupuesto del proyecto presentado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas gestoras de salas de artes escénicas de titularidad privada con capacidad igual o inferior a 250 localidades que presenten un proyecto de programación artística para el año 2015.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El fomento de la estabilidad y consolidación de las salas de artes escénicas de titularidad privada que desarrollen programaciones artísticas de carácter profesional.

Requisitos:

El solicitante deberá probar la disponibilidad de la sala mediante copia de la escritura de propiedad, contrato de alquiler u otros documentos válidos en derecho, y deberá estar en posesión de la licencia de apertura de la sala para la que solicita la ayuda en la actividad correspondiente.

No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas o entidades en que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los términos previstos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. En todo caso, los solicitantes presentarán una declaración responsable de no estar incursos en tales circunstancias, de acuerdo con el modelo establecido en el anexo I de esta convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 10/04/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 67
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento