Subvenciones a las compañías de danza que participen en el Circuito de Danza de Sarea-Red Vasca de Teatros.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S00546/17

Norma:

ORDEN de 28 de diciembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de enero de 2017.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 3.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden regular y convocar las condiciones de concesión de subvenciones destinadas a desarrollar el circuito de danza de Sarea durante el año 2017.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones que corresponden a cada representación se calculará en función de los siguientes porcentajes del caché de los espectáculos incluidos en el programa presentado, IVA incluido Se entenderá por caché la contraprestación económica que recibe la parte contratada por su actuación:

a) Compañías de la Comunidad Autónoma del País Vasco: hasta el 55% del caché con un máximo de 2.500 euros por función.

b) Compañías de fuera de la Comunidad Autónoma del País Vasco: hasta el 40% del caché en función del número de funciones incluidas en el circuito de danza con un máximo de 3.000 euros por función.

– Una función en el circuito 30% del caché.

– Dos funciones en el circuito 35% del caché.

– Tres o más funciones en el circuito 40% del caché.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar estas ayudas las compañías de danza que participen con alguno de sus espectáculos en las programaciones de los teatros de Sarea incluidos en el Circuito de Danza impulsado por el Gobierno Vasco.

Requisitos:

Es requisito para acceder a las subvenciones concedidas al amparo de la presente Orden estar al corriente de las obligaciones tributarias, así como de las obligaciones para con la Seguridad Social. Además, las personas o entidades solicitantes deberán estar, en el momento de presentación de la solicitud, dadas de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Documentos asociados

Boletín: 30/12/2016
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 248
Documento: Bases y Convocatoria 2017 Descargar Documento