Subvenciones a festivales de artes escenicas y de musica.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S07682/15

Norma:

RESOLUCION de 20 de febrero de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/03/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fijar las bases que regularán el régimen de subvenciones establecidas por la Agadic para el apoyo a festivales de artes escénicas y de música de carácter profesional celebrados en Galicia que, por sus características, tengan un interés estratégico para el sector, y proceder a su convocatoria para el año 2015.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de las Industrias Culturales - AGADIC (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las subvenciones se determinará en función de las disponibilidades presupuestarias, el presupuesto del proyecto y la puntuación derivada de la aplicación de los criterios de valoración.

El porcentaje máximo de concesión de subvención a través de esta convocatoria a un festival no podrá sobrepasar el 50 % de su presupuesto subvencionable, salvo para las solicitudes conjuntas de entidades locales, o solicitudes de entidades resultantes de fusión, que podrán alcanzar hasta un máximo del 65 % del presupuesto subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas de carácter privado domiciliadas en Galicia o en un territorio miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, con establecimiento operativo en Galicia, así como las entidades locales gallegas que lleven a cabo alguno de los festivales descritos en el objeto de la convocatoria y cumplan los requisitos referidos en el artículo 10 de la Ley de subvenciones de Galicia.

Las entidades locales gallegas podrán presentar su solicitud individual o conjuntamente, bajo cualquier fórmula (agrupación, asociación, mancomunidad, fusión u otra fórmula similar). Quedarán excluidas las solicitudes conjuntas en las que no se acredite la realización conjunta del festival y que supongan actuaciones independientes en cada entidad local.

En los supuestos de mancomunidades, consorcios o áreas metropolitanas, deberá acreditarse que el servicio se presta de manera mancomunada, metropolitana o consorciada y que, en todo caso, no suponen una actuación aislada o independiente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A. Modalidad A: festivales de música.

B. Modalidad B: festivales de artes escénicas.

Documentos asociados

Boletín: 27/02/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 40
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 16/03/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 51
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento