Subvenciones a Clubes Deportivos de la Región de Murcia para el año 2007.

Código de ayuda:

S02928/07

Norma:

Orden de 29 de diciembre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/01/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden establecer las bases reguladoras y la convocatoria de las subvenciones destinadas a los Clubes de la Región de Murcia a conceder en régimen de concurrencia competitiva, para colaborar con éstos en los gastos ocasionados con motivo de la realización y organización de eventos deportivos así como participación en actividades deportivas que contribuyan a fomentar y potenciar la práctica deportiva en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Presidencia (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser benefi ciarios de las subvenciones objeto de la presente Orden, los Clubes Deportivos de la Región de Murcia que reúnan los requisitos establecdos en la presente Orden.

Requisitos:

a) Tener la sede social en el territorio de la Región de Murcia.
b) Estar inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
c) Tener por objeto la práctica, por parte de sus asociados, de alguna de las siguientes modalidades deportivas:
ajedrez, atletismo, automovilismo, badminton, baloncesto, balonmano, béisbol, billar, ciclismo, fútbol, gimnasia, hockey, natación, patinaje, rugby, tenis, tenis de mesa, triatlón, vela y voleibol.
d) Cumplir con los criterios de valoración establecidos en el anexo I de esta Orden.
e) No tener deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.
f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado, en los términos recogidos en el artículo 18.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
g) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social, en los términos
recogidos en el artículo 19 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
h) No estar incurso en ninguna de las circunstancias a las que se refi ere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La acreditación de este requisito se realizará mediante la presentación de la declaración responsable que aparece recogida en el anexo V de la presente Orden.

La acreditación de los requisitos mencionados en los apartados e), f), y g) del apartado 1 se realizará mediante los certifi cados expedidos por los órganos competentes, que se recabarán de ofi cio por el órgano gestor, con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión.

Documentos asociados

Boletín: 04/01/2007
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 3
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento