Programa Agroambiental 2021-2024 para el mantenimiento de las razas autóctonas en peligro de extinción de la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el FEADER.

Código de ayuda:

S33946/21

Norma:

ORDEN 2916/2017, de 3 de octubre. Orden 1185/2021, de 8 de junio. Orden 1116/2022, de 5 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de junio de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La apertura y convocatoria de la solicitud de participación en el Programa Agroambiental, para el período 2022-2024, destinado al mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid.

La convocatoria del pago de la primera anualidad de los beneficiarios del Programa Agroambiental para el período 2022-2024 para el mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid.

La regulación del resto de las anualidades del Programa Agroambiental para el período 2022-2024 para el mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda consistirá en una prima anual de 173 euros por Unidad de Ganado Mayor (UGM) de animales pertenecientes a una de las razas autóctonas en peligro de extinción.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Los titulares de las explotaciones agrarias situadas en la Comunidad de Madrid, que se comprometan por un período de cinco años, salvo causa de fuerza mayor, a cumplir con los requisitos establecido en la disposición quinta (ser agricultor, tener una explotación ganadera con razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid y presentar un plan de conservación y mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción) y con los compromisos agroambientales exigidos en la disposición sexta.
Pueden ser personas físicas o jurídicas.

Requisitos:

Ser agricultor, tal y como se define en el art. 4.1.a) del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) 637/2008 y (CE) 73/2009 del Consejo.

Tener una explotación ganadera con razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid. Se consideran razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid las relacionadas en el art. 3.2) de la presente Orden.

Presentar un plan de conservación y mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción en el que se detalle el número de hembras reproductoras que se compromete a mantener y la raza en cuestión. Se incluye como Anexo III una indicación de los contenidos básicos de este plan de conservación y mantenimiento.

Documentos asociados

Boletín: 18/10/2017
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 248
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 21/06/2021
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 146
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 21/06/2021
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 146
Documento: Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 17/05/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 116
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 17/05/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 116
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento