Incremento crédito de la ayuda - Ayudas economicas para las corporaciones locales y entidades sin animo de lucro que mantienen conservatorios o centros privados autorizados de enseñanzas elementales o profesionales de musica.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S18182/13

Norma:

ORDEN 47/2013, de 23 de mayo. ORDEN 95/2013, de 17 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/06/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas economicas para las corporaciones locales y entidades sin animo de lucro que mantienen conservatorios o centros privados autorizados de enseñanzas elementales o profesionales de musica.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Deporte (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las corporaciones locales y las entidades privadas sin ánimo de lucro titulares de los centros privados autorizados para impartir las enseñanzas musicales que estén ubicados en la Comunitat Valenciana.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La financiación de los gastos corrientes de los conservatorios y de los centros privados autorizados.

Requisitos:

En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiarios de estas subvenciones las asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

Tampoco podrán obtener la condición de beneficiario de estas subvenciones las asociaciones respecto de las que se haya suspendido el procedimiento administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de ilicitud penal, en aplicación de lo dispuesto en el artículo
30.4 de la Ley Orgánica 1/2002, en tanto no recaiga una resolución judicial firme en cuya virtud pueda practicarse la inscripción en el correspondiente registro.

Documentos asociados

Boletín: 29/05/2013
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7034
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 24/06/2013
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7052
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 19/12/2013
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7176
Documento: Incremento Crédito. Descargar Documento