Bases reguladoras de las subvenciones a las organizaciones profesionales agrarias para actividades de interes agrario y se procede a su convocatoria para el año 2010.

Código de ayuda:

S20300/10

Norma:

Orden de 25 de marzo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de abril de 2010.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de subvenciones que conceda, en régimen de concurrencia competitiva, la Consellería del Medio Rural con cargo a sus presupuestos a las organizaciones profesionales agrarias para actividades de interés agrario.

La finalidad de las ayudas es la realización de actividades de representación y de formación de los asociados de las organizaciones profesionales agrarias con implantación en Galicia y de los agricultores y agricultoras gallegos en general.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las subvenciones reguladas en esta orden no podrá en ningún caso ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas o de otros entes públicos o personales, estatales o internacionales, supere el coste de las actividades que van a desarrollar las entidades beneficiarias.

Los rendimientos financieros que se generen por fondos librados a los beneficiarios incrementarán el
importe de la subvención concedida y se aplicarán igual a la actividad subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarias las organizaciones profesionales agrarias legalmente constituidas en Galicia y en las que concurran las circunstancias previstas en esta orden y que no incurran en las circunstancias previstas en el artículo 10º de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán objeto de subvención los costes derivados de las actividades que se relacionan a continuación, que desarrollarán las organizaciones profesionales agrarias con implantación en Galicia:

a) Funciones y actuaciones que les son propias conforme a la normativa legal.

b) Funciones comunes de gestión interna de las organizaciones profesionales agrarias.

c) Representación ante las instituciones.

d) Participación en los órganos colegiados, comisiones, mesas sectoriales que, para la defensa de los intereses de sus representantes, fueron constituidos por la Administración gallega.

e) Formación de los asociados y de sus familiares.

f) Impulso del asociacionismo agrario.

Documentos asociados

Boletín: 30/03/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 60
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento