Ayudas para inversiones en pymes de transformación de los productos pesqueros y de la acuicultura, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP).

Código de ayuda:

S00346/21

Norma:

ORDEN de 18 de diciembre de 2020. ORDEN de 9 de julio de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de febrero de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para inversiones en pymes de transformación de los productos procedentes de la pesca y de la acuicultura, que tendrán como finalidad realizar inversiones que:

1. Contribuyan a ahorrar energía o reducir el impacto en el medio ambiente, incluyendo el tratamiento de residuos.

2. Mejoren la seguridad, la higiene, la salud y las condiciones de trabajo.

3. Ayuden a la transformación de capturas de pescado comercial que no se puedan destinar al consumo humano.

4. Se refieran a la transformación de subproductos obtenidos de las actividades principales de transformación.

5. Se refieran a la transformación de productos de acuicultura ecológica en virtud de los artículos 6 y 7 del Reglamento (CE) nº 834/2007.

6. Den lugar a nuevos y mejores productos, nuevos o mejores procesos, o nuevos o mejores sistemas de gestión y organización.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Conselleria de Mar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la ayuda será el 50 % de la inversión máxima subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, las personas físicas, jurídicas o pluralidad de personas físicas que sean pymes del sector de transformación de los productos pesqueros y de la acuicultura.

Requisitos:

a) Las inversiones se tendrán que realizar en un centro productivo localizado en Galicia.

b) Deberán figurar de alta en la Agencia Española de Administración Tributaria dentro de los epígrafes relacionados con la transformación de productos procedentes de la pesca, marisqueo o acuicultura.

c) No ser una empresa en crisis de acuerdo con la definición y condiciones establecidas en las directrices comunitarias sobre las ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C 249/01).

d) Las inversiones para las que se solicite ayuda no podrán estar iniciadas ni pagadas antes de que se acredite su no inicio, en los términos indicados en el artículo 11 de esta orden.

Documentos asociados

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