Ayudas para estudios del personal al servicio del Ente Publico de Servicios Tributarios del Principado de Asturias para el curso 2007/2008.

Código de ayuda:

S49828/08

Norma:

Resolucion de 23 de junio de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/09/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Tendrán como finalidad la atención de los gastos derivados de la realización de los siguientes estudios:

a) Gastos por matrícula para estudios de:
— Idiomas en Escuelas Oficiales.
— Idiomas a través del programa “That’s English”.
— Curso de preparación para acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
— Diplomaturas Universitarias.
— Licenciaturas.
— Estudios oficiales de Posgrado conforme a lo establecido en el Real Decreto 56/2005.
— Cursos de Doctorado.
— Música (Grado Superior).

b) Gastos para material didáctico de:
— Cursos de Doctorado.
— Licenciaturas.
— Diplomaturas Universitarias.
— Estudios oficiales de Posgrado conforme a lo establecido en el Real Decreto 56/2005.
— Curso de preparación para acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
— Estudios de idiomas en Escuelas Oficiales.
— Idiomas a través del programa “That’s English”.
—Graduado en Educación Secundaria.
—Bachillerato.
—Formación Profesional y Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior.
— Música.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Educación y Ciencia (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.—Gastos de matrícula:

—El 100% del importe satisfecho en concepto de matrícula, con un límite máximo de 600 euros.

2.—Adquisición de material didáctico relacionado con los estudios.

a) El importe que se justifique con un límite máximo de:

— 230 euros para Titulaciones Superiores, cursos de Doctorado, estudios oficiales de Posgrado conforme a lo establecido en el Real Decreto 56/2005 y estudios de Música (Grado Superior).
— 170 euros para Diplomaturas Universitarias.
— 140 euros para acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
— 80 euros para estudios de Idiomas en Escuelas Oficiales y a través del programa “That’s English”.

b) Se establecen cantidades fijas, para los niveles de estudios que se relacionan, en las siguientes cuantías:
— 150 euros para Bachillerato, Formación Profesional, Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, estudios de Graduado en Educación Secundaria y estudios de Música (Grado Medio y Elemental).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Quienes hayan realizado estudios durante el curso académico 2007/2008 en:

• Centros oficiales del estado español que habiliten para la obtención de títulos académicos o profesionales oficialmente reconocidos.

• Centros de los países de la Unión Europa que impartan estudios oficiales conforme al sistema educativo vigente en el país del que se trate, en aquellos supuestos en los que el centro de trabajo de la persona solicitante se encuentre ubicado en alguno de dichos países.

Requisitos:

El personal que solicite las ayudas deberá encontrarse en las siguientes situaciones:

a) El personal perteneciente o adscrito al Ente Público Servicios Tributarios del Principado de Asturias vinculado al mismo por una relación de empleo de carácter permanente, entendiéndose por tal la del personal funcionario de carrera, laboral por tiempo indefinido, y laboral fijo a tiempo parcial, que se encuentre en situación de servicio activo en algún momento durante el plazo de presentación de las solicitudes, o que haya causado baja por jubilación durante el curso académico 2007/2008, así como quienes se encuentren en situación de excedencia por cuidado de hijo/hija o familiar, o en situación
de incapacidad temporal.

Si entre el personal mencionado en el párrafo anterior se hubiese producido algún traslado a la Administración del Principado de Asturias o a un organismo de la misma y, una vez convocadas las ayudas correspondientes a esa Administración u organismo, dicho personal no reúne los requisitos para poder acceder a las mismas, podrá solicitar la ayuda en esta convocatoria siempre que acredite entre el 1 de septiembre de 2007 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, un mínimo de 3 meses de servicios.

b) El personal jubilado parcialmente y que se encuentre en situación de servicio activo en algún momento entre el 1 de septiembre de 2007 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, o esté en situación de incapacidad temporal.

c) El personal temporal que entre el 1 de septiembre de 2007 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, haya prestado un mínimo de 6 meses de servicios. Los servicios que se tendrán en cuenta serán los que hayan sido prestados en el ámbito de esta convocatoria.

d) El personal temporal con contrato a tiempo parcial, que aún no reuniendo el período de seis meses efectivamente trabajados, su contrato tenga una antigüedad de un año a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

e) El personal funcionario de carrera, laboral por tiempo indefinido y laboral fijo a tiempo parcial, que se encuentren en situación de excedencia por incompatibilidad por desempeño de otro puesto de trabajo como personal temporal en la Administración del Principado de Asturias en el ámbito de esta convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 07/07/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 157
Documento: Convocatoria 2008, Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento