Ayudas para estudios de hijos e hijas del personal al servicio del organismo autonomo ERA para el curso 2007/2008.

Código de ayuda:

S47919/08

Norma:

Resolucion de 20 de junio de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/09/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Tendrán como finalidad la atención de los siguientes gastos:

a) Por estudios de:

- Curso de preparación para acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
- Diplomaturas Universitarias.
- Licenciaturas.
- Doctorados.
- Estudios oficiales de Posgrado conforme a lo establecido en el Real Decreto 56/2005.
- Idiomas en Escuelas Oficiales.
- Idiomas a través del programa “That’s English”.
- Música.
- Educación Infantil.
- Educación Primaria.
- Garantía Social.
- Educación Secundaria y Bachillerato.
- Formación Profesional y Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior.

b) Por Guardería y Escuela Infantil o por hijos e hijas de 0 a 3 años de edad.

c) Por comedor.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Bienestar Social y Vivienda (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.—El 100% del importe satisfecho en concepto de gastos de matrícula con un límite máximo de 600 euros por estudios de:

- Curso de preparación para acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
-Diplomaturas Universitarias.
- Licenciaturas.
- Doctorados.
- Estudios oficiales de Posgrado conforme a lo establecido en el Real Decreto 56/2005.
- Idiomas en Escuelas Oficiales.
- Idiomas a través del programa “That’s English”.
- Música (Grado Superior).

2.—Para estudios de Diplomaturas Universitarias, Licenciaturas, Doctorados o Estudios oficiales de Posgrado conforme a lo establecido en el Real Decreto 56/2005, que han sido realizados en Universidades ubicadas fuera del Principado de Asturias por no existir dichos estudios en la Universidad de Oviedo o por no haber obtenido plaza en la misma; así como los estudios realizados en el extranjero por haber obtenido una beca ERASMUS, 100 euros.

3.—Se establecen cantidades fijas para cada nivel de estudios en las siguientes cuantías:

- 150 euros para Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, Graduado en Educación Secundaria, Garantía Social y Música (Grado Medio).

- 120 euros para Educación Primaria Obligatoria y Música (Grado Elemental).

- 80 euros para Educación Infantil.

4.—Gastos de Guardería y Escuela Infantil o por hijos e hijas de 0 a 3 años de edad:

a) El 50% del total de gastos justificados por este concepto, con un máximo de 580 euros anuales, para quienes tengan hijos que hayan asistido a Guardería o Escuela Infantil.

b) 200 euros para quienes tengan hijos e hijas de 0 a 3 años y no soliciten la ayuda de Guardería o Escuela Infantil, siempre que la fecha de nacimiento del hijo o hija para quien se solicita la ayuda sea anterior al 1 de septiembre de 2007. Si la fecha de nacimiento del hijo o hija para quien se solicita la ayuda es posterior al 1 de septiembre de 2007, la cuantía de la ayuda será proporcional al tiempo transcurrido entre la fecha de nacimiento y el 31 de agosto de 2008, tomando como base del cálculo el importe de 200 euros que le correspondería si su fecha de nacimiento fuese anterior al 1 de septiembre de 2007.

5.—Gastos de Comedor.

El 25% de la cantidad total abonada por este concepto en el curso 2007/2008, con un máximo de 100 euros anuales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Quienes tengan hijos e hijas que hayan realizado estudios durante el curso académico 2007/2008, siempre que los hijos o hijas para quienes se solicita la ayuda no perciban ingresos derivados de trabajo personal y dependan económicamente de quien realiza la solicitud.

Requisitos:

Los estudios deberán ser realizados en:

- Centros oficiales del estado español que habiliten para la obtención de títulos académicos o profesionales oficialmente reconocidos.

- Universidades de los países de la Unión Europea.

- Centros ubicados en el territorio español que impartan estudios conforme al sistema universitario vigente en alguno de los países de la Unión Europea.

- Centros de los países de la Unión Europa que impartan estudios oficiales conforme al sistema educativo vigente en el país del que se trate, en aquellos supuestos en los que el centro de trabajo de la persona solicitante se encuentre ubicado en alguno de dichos países.

Documentos asociados

Boletín: 27/06/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 149
Documento: Convocatoria 2008, Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento